Decreto 436/1989

Fecha de disposición11 Abril 1989
Fecha de publicación11 Abril 1989
SecciónDecretos
Número de Gaceta26610

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 436/89

Extiéndese el suplemento instituido por el decreto Nº

280/89 al personal comprendido en los alcances del Decreto Nº

1428/73, independientemente del carácter presupuestario

en que revisten.

Bs. As., 31/3/89

VISTO el Decreto Nº 280 del 28 de febrero de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de dicho pronunciamiento se instituyó un

suplemento por función con sustento en la necesidad de

jerarquizar en forma progresiva los cuadros superiores de línea

del sector estatal.

Que tal finalidad, consagrada parcialmente en los diferentes

ordenamientos especiales, se hizo efectiva en una primera etapa

con relación al personal del sector público afectado

al desarrollo

de tareas propias de conducción y siempre que los mismos

presten servicios en dependencias de la Administración

Central.

Que no obstante ello, existen agentes comprendidos en los alcances

del Escalafón aprobado por el Decreto Nº 1428 del

22 de febrero de 1973 que se desempeñan en sectores excluídos

del ámbito

presupuestario Carácter O - Administración Central.

Que razones que enmarcan plenamente en el propósito perseguido

por el ordenamiento del epígrafe, aconsejan hacer extensiva

el beneficio a dichos agentes y a aquéllos que, aún

cuando respondan

a otra denominación, ejerzan asimismo la titularidad de

unidades orgánicas en niveles jerárquicos equivalentes

a los previstos por el texto en cuestión.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR

PUBLICO ha tomado la intervención que le compete y se ha

expedido favorablemente.

Que la presente medida encuadra en el marco de atribuciones conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 86, inciso

1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Extiéndese el suplemento.

"por función jerárquica" instituido por

el Decreto Nº 280/89 a todo el personal comprendido en los

alcances del Decreto Nº 1428/73, sus modificatorios y complementarios,

independientemente del carácter presupuestario en que revisten,

con las limitaciones a que se refieren los artículos 1,

2 y 6 del aludido Decreto N. 280/89.

Artículo 2º

Considéranse incluidas.

en los alcances del Decreto Nº 280/89 las funciones equivalentes

y de igual jerarquía a las enumeradas taxativamente en

el apartado a) del artículo 4 del

...

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