Decreto 1611/1988

Fecha de disposición16 Noviembre 1988
Fecha de publicación16 Noviembre 1988
SecciónDecretos
Número de Gaceta26509

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MINISTERIO DE ECONOMIA

Decreto 1611/88

Extiéndese la compensación especial instituida por Decreto N°1283/87, artículo 2°, 2do párrafo, a personal del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero.

Bs. As., 8/11/88

VISTO el expediente Nro. 3.978/987 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO

Que parte del personal científico-técnico del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PESCA DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIAY PESCA, embarca periódicamente en buques para la realización de tareas de investigación en cumplimiento de funciones específicas.

Que dicha actividad provoca, por lapsos prolongados el alejamiento del mencionado personal de su lugar habitual de desempeño, como así también, la especial naturaleza de las tareas que desarrolla en un ámbito físico de particulares características durante el período de embarque, hace que el citado personal deba desempeñarse en permanente disposición sin sujeción a horarios ni límites en cuanto a jornada laboral.

Que conforme a lo establecido en el ANEXO III del Decreto n° 702 del 27/3/81, al personal científico-técnico del INSTITUTO NACIONALDE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO le es aplicable el escalafón del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL(aprobado por Resolución INTI n° 240/71) el cual no prevé ninguna compensación de la índole señalada.

Que como consecuencia de los señalados factores desfavorables, es razonable y justo otorgar una compensación especial a los agentes que realizan la mencionada actividad, por cada día de trabajo efectuado en la situación expuesta.

Que dado el carácter ininterrumpido de las campañas, también es pertinente otorgar al personal embarcado referido precedentemente, francos compensatorios por los días de navegación efectuados en sábados, domingos, feriados nacionales y días no laborables únicamente.

Que...

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