DECRETO 2548 / 2019 DECRETO de 26 de Agosto de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Septiembre de 2019
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2019
Número de Boletín29568
Fecha de Publicación 5 de Septiembre de 2019
Número de documento73959

DECRETO N° 2.548/21 (MSP), del 26/08/2019.-

EXPEDIENTE N° 13083/430-P-17.-

VISTO: Las presentes actuaciones por las cuales la Sra. Verónica Rosalía Paz, interpone Recurso calificado de Jerárquico (fs. 62/63) en contra de la Resolución N° 8678/18-IPSST de fecha 20/11/18 (fs. 38/40), confirmatoria de la Resolución N° 1516/18 del 09/03/18 (fs. 15/16), ambas emitidas por la Intervención del Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 1516/18-IPSST, se dispuso rechazar el pedido de reconocimiento del cargo Técnico -Nivel 6 formulado por la Sra. Verónica Rosalía Paz.

Que por principio del informalismo del Derecho Administrativo contenido en el Artículo 3 de la Ley N° 4537, se observa que el planteo de fs. 62/63 se trata de un Recurso de Alzada previsto en el Artículo 68 del texto legal citado, al notificarse la interesada "en disconformidad" a fs. 40 vlta., por lo que su tratamiento es formalmente admisible.

Que la recurrente fundamenta su impugnación en que el razonamiento efectuado por el Organismo respecto de las tareas que esta cumple ostenta un desconocimiento de la amplia gama de actividades y funciones que conlleva el título de Programador.

Que sostiene que las Resoluciones N° 1516/18-IPSST y N° 8678/18-IPSST, carecen de presunción de legitimidad, ya que el Ente no observa que le ha otorgado a numerosos compañeros, en similares condiciones, el reconocimiento del cargo de Nivel Técnico (Expte. n° 1-1558-2014).

Que expresa también, que el hecho de poseer un título de grado no solo debe generar el derecho al reconocimiento del adicional respectivo sino que, además, le habilita a desempeñar funciones como operadora data entry -las que comprende el título de Programador. Por ello corresponde se la encuadre en las previsiones del artículo 2 de la Ley 8.952 con el objeto de su recategorización en el cargo Técnico Nivel 06.

Que Fiscalía de Estado opina en su dictamen que entre los argumentos sostenidos por el IPSST para denegar la solicitud de la recurrente a través de la Resolución N° 1516/18-IPSST (fs. 15/16) se destaca que la Sra. Verónica Rosalía Paz cumple funciones de Arancelista en...

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