DECRETO 2530 / 2018 DECRETO de 6 de Agosto de 2018

Fecha de Entrada en Vigor18 de Agosto de 2018
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2018
Número de Boletín29312
Fecha de Publicación17 de Agosto de 2018
Número de documento67676

DECRETO N° 2.530/1 (FE), del 06/08/2018.

EXPEDIENTE N° 827/170-S-17.-

VISTO, las presentes actuaciones a través de las cuales se gestiona el pago de honorarios regulados al Dr. Leandro Stok en el Juicio: "Construcciones Eléctricas S.A. C/ Provincia de Tucumán -DGR- S/ Repetición de Pago (Ordinario)" (Expte. N° 301/12) que tramita ante la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala I, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 se adjunta Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias (Decreto N° 1.583/1(FE)-16 Anexo II), a fs. 2 glosa Constancia de Inscripción ante AFIP del Dr. Stok, a fs. 3/7 se agrega copia de Sentencia N° 170 de fecha 7 de marzo de 2016, dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán, mediante la cual se hace lugar al recurso de casación interpuesto por la actora y se impone las costas de ambas instandas a la demandada, y a fs. 10 obra copia de Sentencia N° 964 de fecha 4 de oCtubre del 2016 de regulación de honorarios.

Que a fs. 13 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que mediante Sentencia N° 964 de fecha 4 de octubre del 2016, dictada por la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala I, se regulan los honorarios del Dr. Stok en la suma de $55.585.- por su labor en las tres etapas de la acción de repetición de pago y la suma de $4.168.- por la excepción de falta de legitimación. Indica que las costas son a cargo de la Provincia de Tucumán, que las sentencias de fondo y de regulación de honorarios se encuentran firmes y que la deuda debe abonarse en efectivo ya que se trata de deuda no consolidada. Agrega que no existen registros de pagos, embargos o cesiones por tal concepto. Indica que a esos montos debe agregarse el 10% correspondiente al aporte de Ley N° 6.059 y el 21% en concepto de por ser el profesional responsable inscripto. Para el orden de prioridades establecido por la Ley N° 8.851, la fecha de notificación a la...

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