DECRETO 250 / 2018 DECRETO de 1 de Febrero de 2018

Fecha de Entrada en Vigor23 de Febrero de 2018
Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2018
Número de Boletín29194
Fecha de Publicación22 de Febrero de 2018
Número de documento64598

DECRETO N° 250/7 (MS), del 01/02/2018.-

EXPEDIENTE N° 2743/480-2013 y agdos.-

VISTO que por estas actuaciones la señora Gabriela Bulacio interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución N° 2601/480-2017-IPLA de fecha 31/05/2017, confirmatoria de la Resolución N° 4539/480-2016-IPLA de fecha 03/10/2016, ambas emitidas por el Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 2601/480-2017-IPLA (fs. 46/47) se desestima el recurso de reconsideración interpuesto por la recurrente en contra de la Resolución N° 4539/480-2016-IPLA de fecha 03/10/2016 (fs. 25), y se intima a dar cumplimiento con la sanción allí impuesta, es decir, se ratifica la sanción de clausura de un negocio propiedad de la señora Gabriela Bulacio, ubicado en Constancio Vigil y Río Muerto de la ciudad de Yerba Buena, por infracción al artículo 30° inciso 1 de la Ley 7.243 (Venta o! distribución a título oneroso o gratuito de bebidas alcohólicas, sin el correspondiente permiso de expendio anual e inspección expedido por el IPLA), según consta en el Acta de Infracción N° 108029, labrada en el lugar del hecho en fecha 29/04/2013 (fs. 01), y se le aplica una sanción de multa equivalente a cinco veces el importe de Permiso de Expendio Anual e Inspección resultante en la suma de $20.865,00;

Que el recurso se presentó según el plazo del artículo 68 de la Ley N° 4.537, por lo que resulta formalmente admisible;

Que la recurrente alega como fundamento de la impugnación que existe una nulidad procedimental en el presente expediente por cuanto no ha sido formalmente notificada de la intimación para realizar el descargo sobre la presunta infracción contenida en el acta N° 108029;

Que expresa que no fue notificada en su domicilio real, sito en calle Luis Braille N° 2260, por lo cual no tuvo oportunidad de hacer su descargo en la etapa sumarial y...

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