Decreto 243. Modificaciones. Decreto N° 2140\/1991 y Decreto N° 1116\/2000.

Fecha de disposición23 Marzo 2018
Fecha de publicación23 Marzo 2018
SecciónDecretos

PODER EJECUTIVO NACIONAL

Decreto 243/2018

Modificaciones. Decreto N° 2140/1991 y Decreto N° 1116/2000.

Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-02665243-APN-MF, las Leyes Nº 23.982, Nº 25.344, Nº 26.417 y N° 27.426, los Decretos Nº 2140 del 10 de octubre de 1991 y Nº 1116 del 29 de noviembre de 2000 y sus respectivas modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 7º de la Ley Nº 23.982, se estableció el orden de prelación para el uso de los recursos que anualmente asigne el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN destinados al pago en efectivo de las deudas consolidadas por los conceptos que allí se mencionan.

Que en el inciso b) del artículo citado en el considerando precedente, se estableció que las prestaciones de naturaleza alimentaria, los créditos laborales o nacidos con motivo de la relación de empleo público y los créditos derivados del trabajo o la actividad profesional, se cancelarán hasta un monto equivalente a UN (1) año del haber jubilatorio mínimo por persona y por única vez.

Que en razón de ello, en los apartados a.1.) y b.1.) del artículo 18 del Decreto Nº 2140 del 10 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley N° 23.982, se fijó ese límite máximo en la suma de AUSTRALES QUINCE MILLONES SEISCIENTOS MIL (A 15.600.000) más los intereses devengados desde la fecha de corte sobre dicho importe.

Que para las mismas deudas alcanzadas...

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