DECRETO 2400 / 2021 DECRETO de 30 de Septiembre de 2021

Fecha de disposición30 Septiembre 2021
Fecha de publicación19 Octubre 2021
Número de registro83611
Número de Gaceta30084

DECRETO N° 2.400/9 (MDP), del 30/09/2021.

Expediente N° 2184/390-L-2019 y Agdo.-

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A (EDET S.A) en contra de la Resolución N° 659/19 de fecha 15/10/2019, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que la citada Resolución (fs. 50/54) es confirmatoria de la Resolución ERSEPT (U) N° 125/19 de fecha 06/06/2019 (fs. 27/34);

Que por la Resolución ERSEPT (U) N° 125/19 se hace lugar al reclamo del Sr. Juan Ramón Leguizamón, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño ocurrido en el electrodoméstico consignado en el formulario Serie RD N° 24.790, ordenando a la Distribuidora a repararlo o de ser imposible, a reponer otro de igual marca e idénticas o similares características técnicas y prestacionales, o en el supuesto que se haya procedido al arreglo, EDET S.A deberá reintegrar los valores actualizados a la fecha del efectivo pago, debiendo presentar el usuario la documentación comercial que acredite la suma erogada, de acuerdo a los establecido en la Adda. del A.R.I. (artículo 1);

Que en el artículo 2 se impone una multa a EDET S.A a favor del reclamante de 500 Kwh, valorizados al precio que en promedio vende energía la Distribuidora, por transgresión a lo normado por la Adda. del A.R.I.;

Que en su artículo 3 establece que EDET S.A deberá tener presente lo dispuesto por el punto 11.2 del Anexo 4 del Contrato de Concesión en el sentido que la Distribuidora deberá dar cumplimiento con la obligación fijada en el artículo anterior antes de interponer los recursos legales que estime procedentes;

Que el Recurso de Alzada es formalmente admisible porque se presentó dentro del plazo establecido por el artículo 68° de la Ley N° 4.537 y se repone la tasa por servicio administrativo (fs. 64 y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR