Decreto 14/2011

EmisorCitaciones y Notificaciones, Concursos y Quiebras, Otros
Fecha de la disposición12 de Enero de 2011

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 14/2011

Modifícase el Decreto Nº 357/02 relacionado al organigrama de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Derógase el Decreto Nº 1247/09.

Bs. As., 11/1/2011

VISTO la Ley de Ministerios Nº 22.520 (Texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 984 del 27 de julio de 2009 y 1247 del 14 de septiembre de 2009 y la Decisión Administrativa Nº 221 del 1 de septiembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán diversos organismos descentralizados.

Que el artículo 2º del Decreto Nº 984 del 27 de julio de 2009 dispuso que los organismos o entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, el Banco de la Nación Argentina y sus empresas vinculadas, y los demás organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156, cualquiera fuera su fuente de financiamiento, deben encomendar la realización de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la que las efectivizará por intermedio de TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO (S.E.).

Que es pertinente optimizar las acciones de planificación, asistencia técnica, evaluación y coordinación de la comunicación del Sector Público Nacional, a cuyo efecto se centralizarán dichas funciones en una única Secretaría dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la que además intervendrá, con carácter previo, en todo programa o contrato en virtud del cual, de manera directa o indirecta, se determinen acciones de difusión o comunicación del sector público.

Que dicha Secretaría se denominará SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y absorberá en lo que corresponda los objetivos de la ex SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION.

Que a fin de cumplir con los objetivos que le han sido asignados, resulta necesario facultar al titular de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA para el dictado de las normas y reglamentación necesaria para asegurar el eficaz cumplimiento del régimen establecido por el Decreto Nº 984/09.

Que asimismo intervendrá en la ejecución del Programa Fútbol para Todos, creado por Decisión Administrativa Nº 221/09 en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en toda acción de transmisión y explotación comercial de la televisación de los torneos correspondientes en las materias propias de la comunicación oficial.

Que con la finalidad de coordinar la planificación interjurisdiccional en materia de políticas de comunicación y difusión institucional del Estado Nacional, deviene necesaria la creación de un Consejo Coordinador de Políticas de Comunicación Pública en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, presidido por el titular de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Incorpórase al Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios -Organigrama-, al Apartado XI, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la parte correspondiente a la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA, de conformidad con el detalle obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º

Sustitúyese del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios -Objetivos-, en el Apartado XI, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la parte correspondiente a la entonces SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION, de conformidad con el detalle obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 3º

Suprímense del Apartado XI, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Anexos I al artículo 1º y II al artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION y las Subsecretarías que le dependen.

Art. 4º

Facúltase al titular de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para el dictado de las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias necesarias para la ejecución del...

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