Decreto 2103/2010

EmisorDireccion Nacional de Migraciones
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2011

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N'º' 812.152

Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y lÃneas rotativas Precio $ 2,00

Buenos Aires, miércoles 5 de enero de 2011

Año CXIX Número 32.063

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DECRETOS DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES 2103/2010

1

MINISTERIO DE EDUCACION 2108/2010

3

MINISTERIO DE TURISMO 2105/2010

3

SERVICIO EXTERIOR 2101/2010

3

DECISIONES ADMINISTRATIVAS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 918/2010

4

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA 925/2010

4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS 921/2010

5

922/2010

6

MINISTERIO DE EDUCACION 924/2010

6

923/2010

7

PRESIDENCIA DE LA NACION 919/2010

7

7 % 1 % DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Decreto 2103/2010

Danse por aprobadas designaciones.

Bs. As., 29/12/2010

VISTO el Expediente N'º' S02:0009844/2010 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley N'º' 26.546 y el Decreto N'º' 491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que el artÃculo 7'º de la Ley citada en el Visto establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artÃculo 10 de la mencionada Ley.

Que mediante el Decreto N'º' 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, se ha iniciado un proceso de reorganización interna que procura lograr, entre otros objetivos, un fuerte incremento en la calidad de los servicios.

Que por lo expuesto resulta necesario proceder a la cobertura transitoria de diversos cargos vacantes existentes en la Planta de Personal Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el artÃculo 7'º de la Ley N'º' 26.546, los que deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artÃculo 120 y en el TÃtulo II, CapÃtulos III y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N'º' 2098 del 3 de diciembre de 2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.

Que los agentes propuestos cuentan con la idoneidad necesaria para desarrollar las funciones que se les asignan, y se destinarán a cubrir los cargos y funciones que en cada caso se detallan, los que se hallan vacantes.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular N'º' 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura de los mencionados cargos.

Miércoles 5 de enero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.063 2

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Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artÃculo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artÃculos 7'º y 10 de la Ley N'º' 26.546 y a tenor de lo establecido por el Decreto N'º' 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º â DesÃgnanse con carácter transitorio en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo...

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