Decreto 2112/2010

Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2010

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N'º' 812.152

Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y lÃneas rotativas Precio $ 1,40

Buenos Aires, viernes 31 de diciembre de 2010

Año CXVIII Número 32.060

Sumario Pág.

Continúa en página 2

DECRETOS IMPORTACIONES 2112/2010

1

IMPUESTOS 2111/2010

3

MINISTERIO DE DEFENSA 2079/2010

3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS 2080/2010

3

SEGURIDAD INTERIOR 2099/2010

3

SERVICIO EXTERIOR 2077/2010

4

SERVICIOS PUBLICOS 2081/2010

4

VIAJES OFICIALES 2008/2010

4

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 2078/2010

5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS 914/2010

5

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 900/2010

5

903/2010

6

DECRETOS % 1 % IMPORTACIONES Decreto 2112/2010

Restablécese la prohibición a la importación para consumo de mercaderÃas usadas comprendidas en determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

Bs. As., 30/12/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0119359/2010 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N'º' 367 de fecha 30 de junio de 2005 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se prorrogó por un perÃodo de CINCO (5) años la prohibición a la importación para consumo en condición de usados a los artÃculos de prenderÃa comprendidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 6309.00.10 y 6309.00.90.

Que la medida mencionada tiene su origen en lo establecido en el ArtÃculo 1'º de la Resolución N'º' 1646 de fecha 17 de diciembre de 1991 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, que fue prorrogada por distintas normas ministeriales hasta el 30 de junio de 2010.

Que, ante la caÃda de la prohibición de importación de los artÃculos de prenderÃa, se reconoce la exigencia hacia la autoridad de control a extremar los esfuerzos, tanto en el aspecto sanitario como en relación al estado de uso de dichos bienes, para poder detectar eventuales desvÃos, no siempre de fácil cuantificación, debido a factores inherentes a formas de presentación de la mercaderÃa y las variaciones de la moda.

Que en tal sentido, corresponde instrumentar medidas tendientes a evitar distorsiones comerciales, sin que ello signifique una modificación de la actual polÃtica económica.

Que a fin de implementar la medida propiciada, se tienen en cuenta mecanismos similares aplicados en otros paÃses de la región.

Que por la Resolución N'º' 892 de fecha 18 de agosto de 1993 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se exceptuó de la prohibición aludida a las importaciones de ropa usada que se introduzca en carácter de donación.

Que se mantienen las circunstancias que motivaron las medidas citadas precedentemente, por lo que se hace necesario restablecer la prohibición de importación para consumo de los bienes usados comprendidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) citadas precedentemente.

Que han tomado intervención las áreas pertinentes de los MINISTERIOS DE INDUSTRIA y DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que han tomado intervención los Servicios JurÃdicos competentes en virtud de lo dispuesto por el ArtÃculo 7, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N'º' 19.549.

Que el presente decreto se dicta en función de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el inciso 1 del ArtÃculo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Viernes 31 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.060 2

Pág. Pág.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA 911/2010

6

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA 896/2010

7

897/2010

7

MINISTERIO DE DEFENSA 888/2010

8

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS 915/2010

9

MINISTERIO DEL INTERIOR 908/2010

10

905/2010

10

PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION 916/2010

11

12

12

15

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42

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57

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º â Restablécese la prohibición a la importación para consumo de las mercaderÃas usadas comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR...

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