Decreto N° 2.191

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2010

DECRETO N° 2.191

Mendoza, 20 de setiembre de 2010

Visto el expediente N° 00440-P-08-01029, en el cual el señor Ariel David Pérez solicita el Retiro Obligatorio previsto en los Artículos 13 y 14 del Decreto-Ley N° 4176/77; y

CONSIDERANDO:

Que se ha acreditado que al 17 de junio de 2008, fecha a partir de la cual es dado de baja obligatoria en el cargo clase 002 - Oficial Ayudante - Cuerpo Comando de las Policías de Mendoza, según Resolución N° 1927-S-09 del Ministerio Seguridad, cuya copia obra a fs. 77 del expediente de referencia, el actor registra 15 años, 01 mes y 16 días de servicios exclusivamente policiales.

Que la Junta Médica informa a fs. 48 del mismo expediente, que el mismo padece una incapacidad parcial y permanente del 32%, por enfermedad contraída en o por acto de servicio, lo que le imposibilita continuar su desempeño en la actividad policial.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 53 y 54, respectivamente, del expediente N° 00440-P-08-01029, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio de Retiro Obligatorio al señor Ariel David Pérez, en los términos de los Artículos 13 y 14, inciso b) del Decreto-Ley N° 4176/77, con un haber equivalente al 70% del sueldo y suplementos generales correspondientes a su grado a la fecha de la declaración de la incapacidad.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 102 del expediente N° 00440-P-06-01029, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 104 del mismo expediente, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello...

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