Decreto 231. DECTO-2019-231-APN-PTE - Decreto N° 1212\/2003. Modificación.

Fecha de disposición01 Abril 2019
Fecha de publicación01 Abril 2019
SecciónDecretos

SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 231/2019

DECTO-2019-231-APN-PTE - Decreto N° 1212/2003. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 29/03/2019

VISTO el Expediente N° EX 2017-30423291-APN-DGRGAD#MT, las Leyes Nros 19.032, 23.661, 24.013, 24.241 y 24.714, sus respectivas modificaciones, la Ley N° 24.622 y el Decreto N° 1212 de fecha 19 de mayo de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el régimen del Decreto N° 1212/03 estableció un sistema de ingreso de los aportes y contribuciones a la seguridad social correspondientes, tanto al personal dependiente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de los clubes que militan en las divisiones Primera "A", Nacional "B" y Primera "B" de esa entidad, como a los jugadores de fútbol, cuerpos técnicos, médicos y auxiliares que se desempeñen en cualquier categoría de las entidades dedicadas a la práctica de fútbol profesional en las divisiones referidas.

Que el mismo pretendía dar seguridad jurídica a los trabajadores dependientes de dichas instituciones, establecer un modo ágil y eficaz de control de las cotizaciones por parte del ESTADO NACIONAL y otorgar a las instituciones un sistema equitativo y adecuado a la realidad económica de las mismas.

Que inicialmente la alícuota para aplicar al pago de las cotizaciones con destino a la seguridad social fue fijada en un DOS COMA CINCUENTA POR CIENTO (2,50%) del total de ingresos recaudados por transferencias de jugadores, derechos de televisación de los torneos y venta de entradas de los partidos disputados por los clubes correspondientes a las divisiones Primera "A", Nacional "B" y Primera "B" en todas las categorías, de los cuales DOS POR CIENTO (2%) se destinarían a la cancelación de saldos corrientes y CERO COMA CINCUENTA POR CIENTO (0,50%) a la deuda anterior a la entrada en vigencia del Decreto N° 1212/03.

Que la alícuota destinada a la cancelación de saldos corrientes fue revisada y modificada por la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 81/05, elevándose al SEIS COMA CINCUENTA POR CIENTO (6,50%).

Que, no obstante, el universo de trabajadores contemplados al momento del dictado del Decreto N° 1212/03 se ha triplicado, y los montos provenientes de las ventas de entradas, transferencias de jugadores y derechos de televisación resultaron exiguos para cumplir con las obligaciones de la seguridad social de los trabajadores de la actividad futbolística.

Que esto ha generado una situación crítica de desfinanciamiento de los regímenes de la seguridad social y de incertidumbre respecto de los derechos de los trabajadores comprendidos en este régimen, que es imperioso subsanar.

Que el desfase entre lo ingresado y lo que hubiere correspondido ingresar ha aumentado considerablemente año tras año.

Que por ello, si no se modifican las condiciones actuales del régimen, continuará ensanchándose la brecha entre las cotizaciones declaradas y el total de percepciones y retenciones ingresadas, produciéndose un incremento constante...

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