Decreto 1660/2010

EmisorDireccion Nacional de Migraciones
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2010

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N'º' 812.152

Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y lÃneas rotativas Precio $ 1,40

Buenos Aires, martes 23 de noviembre de 2010

Año CXVIII Número 32.033

Sumario Pág.

Continúa en página 2

LEYES ACUERDOS 26.647

1

ADHESIONES OFICIALES 26.652

1

DECRETOS DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES 1660/2010

1

1651/2010

3

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 1659/2010

3

MINISTERIO DE DEFENSA 1652/2010

4

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 1656/2010

4

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS 1653/2010

5

1675/2010

5

SIMBOLOS NACIONALES 1650/2010

5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS 796/2010

6

MINISTERIO DE EDUCACION 799/2010

6

DECRETOS LEYES % 1 % ACUERDOS Ley 26.647

Apruébase el Acuerdo de Cooperación Económica entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Eslovaca, suscripto en Buenos Aires.

Sancionada: Octubre 13 de 2010

Promulgada de Hecho: Noviembre 16 de 2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1

'º — Apruébase el ACUERDO DE COOPERACION ECONOMICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ESLOVACA, suscripto en Buenos Aires el 23 de noviembre de 2009, que consta de SIETE (7) artÃculos, cuya fotocopias autenticadas en idiomas castellano e inglés forman parte de la presente ley.

ARTICULO 2

'º — ComunÃquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TRECE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

— REGISTRADO BAJO EL N'º' 26.647 — JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A.

FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar % 1 % % 1 % ADHESIONES OFICIALES Ley 26.652

Institúyese el dÃa 4 de septiembre como DÃa Nacional de la Historieta Argentina.

Sancionada: Octubre 13 de 2010

Promulgada de Hecho: Noviembre 16 de 2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1

'º — Institúyese el dÃa 4 de septiembre como DÃa Nacional de la Historieta Argentina.

ARTICULO 2

'º — ComunÃquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.

— REGISTRADA BAJO EL N'º' 26.652 — JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A.

FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

% 1 % % 1 % DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Decreto 1660/2010

Dase por aprobada una designación en la Dirección General de Administración.

Bs. As., 16/11/2010

VISTO el Expediente N'º' S02:0005726/2010 del registro...

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