DECRETO 2267 / 2017 DECRETO de 19 de Julio de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Agosto de 2017
Fecha de la disposición19 de Julio de 2017
Número de Boletín29058
Fecha de Publicación 4 de Agosto de 2017
Número de documento61079

DECRETO N° 2.267/1 (SECP), del 19/07/2017.

EXPEDIENTE N° 361/120-G-2016

VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la incorporación del señor Luis Gastón Paul García N° 41.090.266 en la Secretaría de Estado de Comunicación Pública, en el marco del Régimen Especial dispuesto por la Ley N° 6830, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 03 a la fs 38 se adjunta copia del Certificado de Discapacidad del Sr. Luis Gastón Paul García, copia del Documento Nacional de Identidad, Certificado de Título, constancias de antecedentes personales y de residencia expedido por la Policía de Tucumán y Certificado de Habilitación.

Que a fs. 11 obra informe del Servicio de Salud Ocupacional Provincial.

Que a fs. 21/22 interviene la Dirección General de Recursos Humanos.

Que a fs. 26 interviene la Dirección General de Presupuesto informando la imputación.

Que a fs. 28 Fiscalía de Estado dictamina que la Ley N° 6.830 en su art. 10° dispone que las reparticiones del Estado Provincial, sus entes autárquicos y los Municipios que se adhieran a la presente Ley, deberán incorporar como empleados a personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo al que fueron convocadas, en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de la totalidad de su personal permanente, conforme a la Planta de Cargos del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Unidad de Organización de que se trate.

Por ello, y atento al Dictamen Fiscal N° 0538 de fecha 10 de marzo de 2017,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Designase al señor Luis Gastón Paul García, D.N.I

N° 41.090.266 como Personal Planta Permanente, categoría 16, del Escalafón General, en la Secretaría de Estado de Comunicación Pública, conforme las disposiciones contenidas en el artículo 10 de la Ley N° 6830, por lo expuesto en el considerando que antecede.

ARTICULO 2° Impútese el gasto que demande el cumplimiento de lo...

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