Decreto 2258. Dase por prorrogada designación de la Directora de Sumarios.

Fecha de disposición12 Noviembre 2015
Fecha de publicación12 Noviembre 2015
SecciónDecretos

Decreto 2258/2015

Dase por prorrogada designación de la Directora de Sumarios.

Bs. As., 02/11/2015

VISTO los Decretos Nros. 828 del 10 de abril de 2003, 441 del 6 de abril de 2004, 300 del 8 de abril de 2005, 1650 del 27 de diciembre de 2005, 456 del 18 de abril de 2006, 1985 del 28 de diciembre de 2006, 1341 del 4 de octubre de 2007, 2005 del 24 de noviembre de 2008, 1642 del 2 de noviembre de 2009, 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, 1830 del 29 de noviembre de 2010, 487 del 25 de abril de 2011, 2017 del 5 de diciembre de 2011, 789 del 23 de mayo de 2012, 2797 del 28 de diciembre de 2012, 1237 del 26 de agosto de 2013, 942 del 12 de junio de 2014 y 896 del 20 de mayo de 2015, lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD y el Expediente N° 1-2002-1454/03-1 del registro del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL, reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en los cargos de planta permanente y no permanente.

Que por el Decreto N° 828/03 se designó con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, como Directora de Sumarios dependiente de la ex SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD, Nivel B - Grado 8, Función Ejecutiva de Nivel III, a la doctora Da. Susana Graciela SOUZA ALEXANDRE (D.N.I. N° 6.044.408).

Que el plazo precedentemente señalado fue prorrogado sucesivamente y por igual término por los Decretos Nros. 441/04, 300/05, 1650/05, 456/06, 1985/06, 1341/07, 2005/08 1642/09, 1830/10, 487/11, 2017/11, 789/12, 2797/12, 1237/13, 942/14 y 896/15 y se encuentra actualmente vencido.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la Dirección de Sumarios, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA...

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