DECRETO 2256 / 2022 DECRETO / 2022-07-28

Fecha de publicación16 Agosto 2022
Fecha28 Julio 2022
Número de Gaceta30.287
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 2.256/1(FE), del 28/07/2022.
EXPEDIENTE N° 678/170-A-21.-
VISTO, las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona el pago de la deuda en concepto de pago de capital e intereses conforme sentencia recaída en el juicio: "López Guzmán, Teresa Elena C/ Provincia de Tucumán S/ Contencioso Administrativo" (Expte. N° 41/16), que tramita ante la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala III, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 se adjunta Formulario de Registro de Sentencias Condenatorias (Decreto N° 1.583/1(FE)-16 Anexo II); a fs. 3/9 se agrega copia de Poder General Amplio de Administración otorgado por la actora al presentante; a fs. 10 se adjunta copia del Proveído del 1 de octubre de 2020 que aprueba la planilla de liquidación confeccionada por la demandada; a fs. 16/21 obra copia de Sentencia N° 670 del 21 de noviembre de 2018, que resuelve la cuestión de fondo e impone las costas y a fs. 24/26 obra copia de Sentencia N° 2.272 del 22 de noviembre de 2019 dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de Tucumán, que deniega el Recurso de Casación planteado por la demandada.
Que a fs. 30 la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado informa que mediante Sentencia del 21 de noviembre de 2018 se hace lugar a la demanda en contra de la Provincia de Tucumán reconociendo el derecho a la movilidad de los haberes previsionales de la actora y condenándola a abonar las diferencias generadas a su favor, informa asimismo, que por proveido del 1 de octubre de 2020 se aprueba planilla por la suma de $420.429,87. Indica que no existen pagos, embargos ni cesiones por este concepto. Para el orden de prioridades establecido por la Ley N° 8.851, la fecha de notificación a la Provincia de Tucumán de la aprobación de la planilla, es el 5 de octubre de 2020.
Que a fs. 31 el Departamento Servicio Administrativo Financiero de Fiscalía de Estado, indica que no se registran pagos, cesiones o embargos en el juicio de referencia.
Que a fs. 37 y 72 obran planillas de cálculo confeccionadas por la Dirección de Auditoría y la Dirección de Registro de Sentencias de Fiscalía de Estado, ascendiendo la última a la suma total de $682.512,36.
Que a fs. 42 se consigna la imputación presupuestaria correspondiente.
Que a fs. 66 el Departamento Control Previsional de Jubilados Transferidos de la Unidad, de Control Previsional informa que corresponde efectuar el descuento en concepto de Obra Social y a fs. 64/65 acompaña nueva Planilla donde se refleja el descuento realizado...

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