Decreto 2252/2014

Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2252/2014

Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones.

Bs. As., 26/11/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0011771/2012 Cuerpos I, II y III del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes Nº 26.728, Nº 26.784 y Nº 26.895, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 927 del 17 de julio de 2007, Nº 1719 del 27 de noviembre de 2007, Nº 359 del 4 de marzo de 2008, Nº 1833 del 5 de noviembre de 2008, Nº 1875 del 11 de noviembre de 2008, Nº 1954 del 13 de noviembre de 2008, Nº 808 del 29 de junio de 2009, Nº 896 del 14 de julio de 2009, Nº 1411 del 5 de octubre de 2009, Nº 1426 del 6 de octubre de 2009, Nº 832 del 14 de junio de 2010, Nº 867 del 17 de junio de 2010, Nº 943 del 30 de junio de 2010, Nº 1003 del 7 de julio de 2010, Nº 1042 del 20 de julio de 2010, Nº 1125 del 5 de agosto de 2010, Nº 1134 del 5 de agosto de 2010, Nº 1149 del 9 de agosto de 2010, Nº 1263 del 7 de septiembre de 2010, Nº 1293 del 9 de septiembre de 2010, Nº 1565 del 3 de octubre de 2011, Nº 1578 del 6 de octubre de 2011, Nº 1579 del 6 de octubre de 2011, Nº 1609 del 12 de octubre de 2011, Nº 1610 del 12 de octubre de 2011, Nº 1660 del 17 de octubre de 2011, Nº 1679 del 18 de octubre de 2011, Nº 1685 del 18 de octubre de 2011, Nº 1725 del 25 de octubre de 2011, Nº 1740 del 31 de octubre de 2011, Nº 1747 del 31 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que mediante el Decreto Nº 927/07 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a la agente involucrada en el Anexo I de la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que por el Decreto Nº 1719/07 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación aprobada por el Decreto Nº 927/07.

Que por el Decreto Nº 1263/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la prórroga aprobada por el Decreto Nº 1719/07.

Que por el Decreto Nº 1578/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la prórroga aprobada por el Decreto Nº 1263/10, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Que mediante el Decreto Nº 359/08 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES al agente involucrado en el Anexo II de la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que por el Decreto Nº 1426/09 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación aprobada por el Decreto Nº 359/08.

Que por el Decreto Nº 1042/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la prórroga aprobada por el Decreto Nº 1426/09, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por el Decreto Nº 1565/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la prórroga aprobada por el Decreto Nº 1042/10.

Que mediante el Decreto Nº 1833/08 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES al agente involucrado en el Anexo III de la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que por el Decreto Nº 943/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación aprobada por el Decreto Nº 1833/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por el Decreto Nº 1747/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la prórroga aprobada por el Decreto Nº 943/10.

Que mediante el Decreto Nº 1875/08 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a la agente involucrada en el Anexo IV de la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que por el Decreto Nº 1293/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación aprobada por el Decreto Nº 1875/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por el Decreto Nº 1725/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la prórroga aprobada por el Decreto Nº 1293/10.

Que mediante el Decreto Nº 1954/08 se han designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a las agentes involucradas en los Anexos V y VI de la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que por el Decreto Nº 867/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las designaciones aprobadas por el Decreto Nº 1954/08, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por el Decreto Nº 1609/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las prórrogas aprobadas por el Decreto Nº 867/10.

Que asimismo, resulta necesario designar a la agente involucrada en el Anexo V en razón de haberse modificado la unidad de revista asignada en el Decreto Nº 1954/08.

Que mediante el Decreto Nº 808/09 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a la agente involucrada en el artículo 7° de la presente medida, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por el Decreto Nº 1003/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación aprobada por el Decreto Nº 808/09.

Que por el Decreto Nº 1679/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la prórroga aprobada por el Decreto Nº 1003/10.

Que asimismo, resulta necesario designar a la agente involucrada en el artículo 7° de la presente medida, en razón de haberse modificado la unidad de revista asignada en el Decreto Nº 808/09.

Que mediante el Decreto Nº 896/09 se han designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a los agentes involucrados en el Anexo VII de la presente medida, con carácter de excepción a lo establecido por el Título III, Capítulos I y II del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que por el Decreto Nº 1125/10 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las designaciones aprobadas por el Decreto Nº 896/09, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por el Decreto Nº 1579/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las prórrogas aprobadas por el Decreto Nº 1125/10.

Que mediante el Decreto Nº 1411/09 se han designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a los agentes involucrados en el Anexo VIII de la presente medida, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que por el Decreto Nº 1685/11 se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de las designaciones aprobadas por el Decreto Nº 1411/09.

Que mediante el Decreto Nº 832/10 se han designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a las agentes involucradas en el Anexo IX de la presente medida, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE...

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