Decreto 1416/2010

Fecha de publicación08 Octubre 2010
Fecha de disposición08 Octubre 2010
SecciónDecretos
Número de Gaceta32004

Viernes 8 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.004 2

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COMISION PLENARIA CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

17/2010-CACM 18.8.77

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40 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 42 los productos de la industria textil tales como:

vestimentas y accesorios de vestir femeninos y masculinos, telas, indumentaria deportiva y artÃculos deportivos, artÃculos de perfumerÃa y cosmética, productos y accesorios electrónicos, herramientas y accesorios, shawarmeras, artÃculos de computación y telefonÃa, muebles, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, alimentos, tabacos, cigarrillos, libros y artÃculos de librerÃa, artesanÃas, folletos impresos, catálogos, afiches y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de los paÃses participantes en la “XXI Feria Internacional Multisectorial EXPO UNION DE LAS NACIONES”, a realizarse en el Predio del Centro Internacional de Exposiciones de San Bernardo, Localidad de San Bernardo del Tuyú,

Provincia de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 10 de diciembre de 2010 al 15 de marzo de 2011, para su exhibición, obsequio y/o venta en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por paÃs participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2

'º — ExÃmese del pago del Impuesto al Valor Agregado y de los impuestos internos a la venta de los productos mencionados en el ArtÃculo 1'º del presente decreto entre el público concurrente a la muestra aludida precedentemente, de corresponder su aplicación.

Art. 3

'º — ExÃmese del cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones Nros. 444 de fecha 5 de julio de 2004, 485 y 486 ambas de fecha 30 de agosto de 2005, 217 de fecha 11 de abril de 2007, 343 de fecha 23 de mayo de 2007, 47 de fecha 15 de agosto de 2007, 588 y 589 ambas de fecha 4 de noviembre de 2008, todas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, 61 de fecha 4 de marzo de 2009, 165 de fecha 15 de mayo de 2009 y 337 de fecha 21 de agosto de 2009 todas del ex MINISTERIO DE PRODUCCION y sus modificatorias, a los productos de promoción originarios y procedentes de los paÃses participantes en la Exposición objeto del presente decreto.

Art. 4

'º — Instrúyese a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a que practique los controles pertinentes en la Feria referenciada, con el objeto de que la mercaderÃa ingresada con los beneficios establecidos en el ArtÃculo 1'º del presente decreto, sea destinada exclusivamente a los fines propuestos por la Ley N'º' 20.545.

Art. 5

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — AnÃbal D. Fernández. — Amado Boudou. — Débora A.

Giorgi.

% 2 % % 2 % JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1416/2010

Danse por prorrogadas designaciones en la SubsecretarÃa de Comunicación y Contenidos de Difusión de la SecretarÃa de Medios de Comunicación.

Bs. As., 1/10/2010

VISTO el Expediente CUDAP N'º' 1923/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N'º' 26.546, los Decretos N'º' 491 del 12 de marzo de 2002, N'º' 2046 del 15 de diciembre de 2009, lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley N'º' 26.546 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2010.

Que mediante el Decreto N'º' 2046/09 se dieron por designadas transitoriamente entre Viernes 8 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.004 3 otros agentes, por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles a la Lic. Da.

Mónica Andrea FREIRE y a la Dra. Da. MarÃa Soledad PERIGA en la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario efectuar las prórrogas de las designaciones citadas precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N'º' 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N'º' 601/02...

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