DECRETO 2220 / 2018 DECRETO de 6 de Julio de 2018

Fecha de Entrada en Vigor19 de Julio de 2018
Fecha de la disposición 6 de Julio de 2018
Número de Boletín29290
Fecha de Publicación18 de Julio de 2018
Número de documento67130

DECRETO N° 2.220/3 (ME), del 06/07/2018.

EXPEDIENTE N° 593/369-D-2018.-

VISTO los plazos establecidos en los distintos procedimientos vigentes ante la Dirección General de Rentas, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo, y

CONSIDERANDO:

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en esta ocasión, establecer la feria fiscal de invierno para el período comprendido entre el 10 y 23 de julio del año 2018, ambas fechas inclusive, en coincidencia con el período establecido por el Poder Judicial de Tucumán como feria judicial.

Que no obstante ello, corresponde garantizar el pleno ejercicio de las facultades de contralor de la Dirección General de Rentas, así como los intereses del fisco provincial y el derecho de los administrados a peticionar ante la Autoridad de Aplicación, fijando las excepciones pertinentes,

Por ello, y en mérito al dictamen fiscal N° 1757 del 6/7/18, obrante a foja 6 de autos,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Establécese que en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS, no se computarán respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos entre el 10 y 23 de julio de 2018, ambas fechas inclusive.

ARTICULO 2° Lo dispuesto en el artículo anterior no obsta al ejercicio de las facultades de contralor de la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS durante el citado...

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