DECRETO 221 / 2019 DECRETO de 30 de Enero de 2019

Fecha de Entrada en Vigor20 de Febrero de 2019
Fecha de la disposición30 de Enero de 2019
Número de Boletín29437
Fecha de Publicación19 de Febrero de 2019
Número de documento70847

DECRETO N° 221/5 (MEd), del 30/01/2019.-

EXPEDIENTE N° 006270/230-M-09.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la agente María Marcela Mamani, personal auxiliar de la Escuela Albergue N° 358 "Teniente Coronel Pedro Zelaya", dependiente del Ministerio de Educación, solicita el pago de haberes adeudados, por su desempeño desde 01/02/2.005 hasta el 01/03/2.006, y

CONSIDERANDO:

Que encontrándose vigente desde el 01/08/2.015 el nuevo Código Civil y Comercial, cabe señalar que el Articulo 2537 dispone que los plazos de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva Ley, se rigen por la anterior.

Que si bien la nueva disposición establece un plazo menor (2 años) para que prescriba la acción de reclamar el derecho (Articulo 2562) no resulta aplicable en la especie- por expresa disposición del Articulo 2537 in fine- ya que al momento de su entrada en vigencia, el plazo de 5 años previstos en el Articulo 4027, Inc. 3) del Código Civil que contempla la prescripción quinquenal de derechos como los aquí reclamados, se encontraba cumplido, más un año de suspensión por el reclamo administrativo pertinente.

Que en virtud de ello, en el mes de abril de 2.012 se prescribió el último de los períodos reclamados. En consecuencia, los períodos comprendidos entre los meses de febrero de 2.005 a marzo de 2.006 se encuentran prescriptos.

Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fojas 126 (Dictamen Fiscal N° 2355/18);

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