Decreto 588/2003
Fecha de disposición | 14 Agosto 2003 |
Fecha de publicación | 14 Agosto 2003 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 30213 |
ATRIBUCIONES DEL PODER ATRIBUCIONES DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL
Decreto 588/2003
Establécese que el procedimiento para el nombramiento de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, instituido por el Decreto Nº 222/2003 será de aplicación para la designación del Procurador General de la Nación y del Defensor General de la Nación. Adóptase también el procedimiento para el nombramiento de los Jueces de los tribunales federales inferiores, el que será extensivo para los funcionarios mencionados en los incisos b), c), d), e) y f) de los artículos 3º y 4º de la Ley Orgánica del Ministerio Público Nº 24.946.
Bs. As., 13/8/2003
VISTO los artículos 99, inciso 4, y 120 de la Constitución de la Nación Argentina, la Ley Nº 24.946 y el Decreto Nº 222 del 19 de junio de 2003 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 120 de la Constitución de la Nación Argentina establece que el Ministerio Público tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la República.
Que dicho Ministerio Público está integrado por un Procurador General de la Nación, un Defensor General de la Nación y los demás miembros que la Ley Nº 24.946 establece.
Que por el Decreto Nº 222 del 19 de junio de 2003 se estableció un procedimiento para mejorar la selección de candidatos para integrar la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, de modo que las designaciones contribuyan a mejorar el servicio de justicia.
Que resulta oportuno que el citado procedimiento se aplique, también, para la designación del Procurador General de la Nación y del Defensor General de la Nación.
Que, por su parte, la Ley Orgánica del Ministerio Público precitada, prevé el procedimiento para la designación de los funcionarios del Ministerio Público.
Que, por el artículo 99, inciso 4 de la Constitución de la Nación Argentina, el PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA, tiene la atribución para nombrar a los Jueces de los tribunales federales inferiores, en base a una terna vinculante elevada por el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y, previo acuerdo del HONORABLE SENADO DE LA NACION, prestado en sesión pública.
Que, por otra parte, tanto el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA como el PROCURADOR GENERAL DE LA NACION y el DEFENSOR GENERAL DE LA NACION, remiten junto con las ternas de candidatos para ocupar cargos en el PODER JUDICIAL DE LA NACION y en el MINISTERIO PUBLICO, los legajos con los antecedentes de los profesionales propuestos, los puntajes obtenidos, como también los diferentes instrumentos donde constan los procesos de selección seguidos para la conformación de las respectivas ternas.
Que, sin desmedro de los pasos procedimentales cumplidos en el ámbito del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y del MINISTERIO PUBLICO para la conformación de las ternas, se considera adecuado extremar los recaudos de publicidad y transparencia al momento...
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