Decreto 1281/2010

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2010

Martes 14 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'ºâ€‚ 31.986 4

Que en consecuencia, procede dejar sin efecto los mencionados regÃmenes de retribución.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del ArtÃculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Deróganse los Decretos Nros.

1517 del 8 de agosto de 1991 y 1886 del 6 de septiembre de 1993.

Art. 2

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — AnÃbal D.

Fernández. — Amado Boudou.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 1278/2010

Danse por aprobadas designaciones de Directores en la SubsecretarÃa de Defensa del Consumidor de la SecretarÃa de Comercio Interior.

Bs. As., 8/9/2010

VISTO el Expediente N'ºS01:0435757/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley N'º26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N'º934 de fecha 3 de agosto de 2005 se designó en el cargo, Función Ejecutiva III, Nivel B de Director de Lealtad Comercial al Profesor en Castellano, Literatura e Historia Don Fernando Antonio CARRO (M.I. N'º10.126.134) el cual fuera prorrogado en último término por el Decreto N'º1683 de fecha 4 de noviembre de 2009.

Que al citado funcionario se le limitarán las funciones de Director de la Dirección de Lealtad Comercial dependiente de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a partir de la fecha de notificación de la presente medida.

Que, en orden a ello se procede a disponer la limitación de funciones en el citado cargo y el pago del Suplemento por Función Ejecutiva III al mencionado funcionario.

Que por el ArtÃculo 7'º de la Ley N'º26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del ArtÃculo 10 de la citada ley.

Que por el Decreto N'º491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de especÃficas razones de servicio de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS PUBLICAS, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Función Ejecutiva II, Nivel A, de Director Nacional de Comercio Interior y UN (1) cargo vacante, Función Ejecutiva III, Nivel B de Director de Lealtad Comercial de la Dirección Nacional de Comercio Interior, ambos dependientes de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR de la mencionada SecretarÃa.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos mediante una excepción a lo dispuesto en el ArtÃculo 7'º de la Ley N'º26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 y a lo establecido en el ArtÃculo 14, TÃtulo II,

CapÃtulo III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto N'º2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que los profesionales propuestos reúnen los requisitos de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular N'º4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el ArtÃculo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los ArtÃculos 7'º y 10 de la Ley N'º26.546 y el ArtÃculo 1'º del Decreto N'º491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — LimÃtase, a partir de la fecha de notificación de la presente medida, las funciones en el cargo Función Ejecutiva III, Nivel B de Director de Lealtad Comercial de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y el pago del Suplemento por Función Ejecutiva III, al Profesor en Castellano, Literatura e Historia Don Fernando Antonio CARRO (M.I. N'º10.126.134).

Art. 2

'º â DesÃgnanse con carácter transitorio, a partir de la fecha de notificación de la presente medida, por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles, a las personas que se mencionan en el Anexo al presente decreto, conforme al detalle obrante en el mismo, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del...

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