Decreto 217/2003

Fecha de disposición18 Junio 2003
Fecha de publicación18 Junio 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30173

ADMINISTRACION FEDERAL ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Decreto 217/2003

Restablécense sus facultades en materia de Recursos de la Seguridad Social y déjase sin efecto la creación del Instituto Nacional de los Recursos de la Seguridad Social - INARSS. Créase el Consejo Asesor en Seguridad Social. Integración.

Bs. As., 17/6/2003

VISTO el Expediente Nº S01:0107136/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 1394 y 1399, ambos de fecha 4 de noviembre de 2001 y el Decreto Nº 1480 de fecha 20 de noviembre de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1394/01, de creación del INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL -INARSS-, que le encomendó las tareas de aplicación, recaudación, fiscalización y ejecución judicial de los recursos de la seguridad social, fue dictado en virtud de la delegación de atribuciones legislativas al PODER EJECUTIVO NACIONAL dispuesta por la Ley Nº 25.414, hoy derogada.

Que el Artículo 18 del decreto citado en el considerando anterior determina que las ejecuciones fiscales de los títulos de la deuda de los recursos de la seguridad social estarán a cargo de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que el Artículo 39 del referido decreto establece que el INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL - INARSS- podrá ejercer las funciones propias de su objeto social a través de las unidades operativas de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que el Decreto Nº 1399/01 estableció normas para la organización del funcionamiento de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, determinando la conformación de sus recursos.

Que el Artículo 19 del decreto citado en el considerando precedente, derogó el punto 3 del inciso a) del Artículo 3º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997 que establecía las facultades de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS en materia de aplicación, recaudación, fiscalización y ejecución judicial de los recursos de la seguridad social.

Que el Decreto Nº 1480/01, por razones de buen orden administrativo y ante la necesidad de mantener la continuidad jurídica de la gestión de las tareas propias de los mencionados recursos, dispuso que la derogación mencionada en el considerando anterior rigiera a partir de la definitiva constitución y funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL -INARSS-, manteniendo la ADMINISTRACIóN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social que de ella depende, hasta ese momento, todas las facultades y atribuciones que poseía en materia de los recursos de la seguridad social.

Que el avanzado estado de implementación de las normas de autarquía de la citada ADMINISTRACIóN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, emanadas del Decreto Nº 1399/ 01 y la...

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