Decreto 1214/2003

Fecha de disposición20 Mayo 2003
Fecha de publicación20 Mayo 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30153

RADIODIFUSION RADIODIFUSION

Decreto 1214/2003

Sustitúyese el artículo 11 de la Ley N° 22.285, con la finalidad de remover el obstáculo legal que impide a las provincias y a las municipalidades la prestación de determinados servicios de radiodifusión.

Bs. As., 19/5/2003

VISTO el Expediente N° 2266/2002 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que la realidad evidenciada por las actuales circunstancias que se registran en el sector de la radiodifusión, determina la necesidad de encarar urgentes modificaciones de algunas disposiciones de la Ley N° 22.285 y sus modificatorias, tendientes a adecuar sus normas a las demandas comunicacionales de la población.

Que, en tal sentido, resulta procedente remover el obstáculo legal que impide a las provincias y a las municipalidades la prestación de determinados servicios de radiodifusión, otrora impuesto en un contexto histórico e institucional absolutamente distinto al actual.

Que la tutela que debe discernirse al interés general resulta un imperativo categórico en tiempos, como los actuales, de profunda crisis económica y social.

Que frente a la coyuntura de emergencia que aflige a nuestra NACION es dable instrumentar las medidas conducentes a garantizar a todos los habitantes de nuestro país el acceso a los servicios abiertos y gratuitos.

Que tal objetivo, si bien frustrado por la normativa específica cuya modificación se dispone, resulta acorde con la facultad y obligación del ESTADO NACIONAL de promover los servicios de radiodifusión, sin limitación respecto del tipo de emisoras promovidas.

Que no puede soslayarse que, en materia de comunicación social, el ESTADO ejerce un rol fundamental acorde con el fin público comprometido en dicha actividad, independientemente de las figuras jurídicas que escoja para la prestación del servicio (v. Dictámenes de la Procuración del Tesoro de la Nación 239:592).

Que la incorporación de la previsión normativa que permita a los Estados Provinciales brindar el servicio de televisión y la eliminación de las restricciones relativas a las localizaciones en que aquéllos y las Municipalidades puedan ser prestadores de los servicios de radiodifusión sonora por modulación de amplitud y de frecuencia modulada, mejorará las condiciones de acceso gratuito y efectivo de la población a dichos servicios.

Que el PODER EJECUTIVO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR