Decreto 788/2003

Fecha de disposición04 Abril 2003
Fecha de publicación04 Abril 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30124

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

Decreto 788/2003

Apruébase una enmienda al Contrato Nº 56/2002 celebrado en el marco del Convenio de Préstamo para Cooperación Técnica Nº 925/OC-AR que financia el "Programa Multisectorial de Preinversión II".

Bs. As., 3/4/2003

VISTO el Expediente Nº S01:187651/2002 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, los Decretos Nº 1022 de fecha 17 de mayo de 1993, Nº 862 de fecha 26 de julio de 1996, Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su Decreto Reglamentario Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, Nº 2134 de fecha 24 de octubre de 2002, la Resolución de la ex - SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 111 de fecha 6 de julio de 1993, el Convenio de Préstamo para Cooperación Técnica Nº 925/OC-AR entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO para financiar el "PROGRAMA MULTISECTORIAL DE PREINVERSION II", y

CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 862 de fecha 26 de julio de 1996 aprobó el Modelo de Convenio de Préstamo para Cooperación Técnica a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO para financiar el "PROGRAMA MULTISECTORIAL DE PREINVERSION II".

Que con fecha 10 de septiembre de 1996, se celebró el Convenio de Préstamo para Cooperación Técnica Nº 925/OC-AR, para financiar el PROGRAMA citado en el Considerando anterior, siendo su objeto principal incrementar la productividad de la inversión pública para contribuir al desarrollo económico y social del país mediante: (i) la elaboración de estudios generales y específicos de preinversión y (ii) la asistencia al proceso de organización y consolidación del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) incluyendo el apoyo a los sistemas de inversión de los gobiernos provinciales.

Que el Artículo 5º del Decreto Nº 1022 de fecha 17 de mayo de 1993 creó en el ámbito de la ex - SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la UNIDAD DE PREINVERSION, cuya responsabilidad es la ejecución del referido PROGRAMA.

Que para asegurar el cumplimiento de los objetivos, resultados y actividades comprometidos en el mencionado Convenio de Cooperación Técnica se hace aconsejable proceder a la aprobación de la enmienda al contrato del consultor que se detalla en el Anexo I del presente Decreto, atento lo dispuesto en la normativa citada en el Visto.

Que...

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