Decreto 741/2003

Fecha de disposición01 Abril 2003
Fecha de publicación01 Abril 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30121

SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD

Decreto 741/2003

Fondo Solidario de Redistribución. Modifícanse los Decretos Nros. 576/93, 1400/2001 y 1867/2002, con la finalidad de establecer un mecanismo de distribución automática de los recursos de dicho Fondo, utilizando el padrón de beneficiarios del mencionado Sistema, confeccionado por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Bs. As., 28/3/2003

VISTO las Leyes 23.660, 23.661, 24.465 y 25.561; los Decretos Nº 576 del 1º de abril de 1993, Nº 292 del 14 de agosto de 1995, Nº 492 del 22 de septiembre de 1995, Nº 1400 del 4 de noviembre de 2001, Nº 486 del 12 de marzo de 2002, Nº 1867 del 18 de septiembre de 2002 y Nº 2724 del 31 de diciembre de 2002; y la Resolución Conjunta Nº 274 y Nº 144 de fecha 22 de abril de 2002 del Registro de la Administración Nacional de la Seguridad Social y de la Superintendencia de Servicios de Salud; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1400/01 se sustituyó el artículo 24 del Anexo II del Decreto Nº 576/93, reglamentario de la ley 23.661, disponiéndose una modificación en el procedimiento de distribución automática del Fondo Solidario de Redistribución, a través de un mecanismo que tuviera en cuenta a todos los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud y no sólo a los titulares.

Que por el Decreto Nº 1867/02 citado en el VISTO se suspendieron las previsiones de la norma precedentemente citada, durante el lapso que dure la Emergencia Sanitaria.

Que la referida suspensión tuvo su origen en la necesidad de establecer las condiciones técnicas, económicas y financieras que permitieran asegurar el correcto flujo de los recursos desde el Fondo Solidario de Redistribución hacia los Agentes del Seguro de Salud, de manera automática y de acuerdo a los parámetros relativos de la composición de cada grupo familiar.

Que ya en oportunidad del dictado del Decreto Nº 1400/01 se señaló que es misión del Poder Ejecutivo Nacional establecer mecanismos que mejoren los niveles de equidad previstos en la legislación general, y para el caso del Sistema Nacional del Seguro de Salud se deben traducir en herramientas para un esquema redistributivo de los recursos, tendiente a asegurar a los beneficiarios de menores ingresos un flujo de recursos suficientes para la cobertura de salud garantizada por el Sistema.

Que si bien se mantiene para el año en curso la Emergencia Sanitaria Nacional a...

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