Decreto 2502/2002

Fecha de disposición06 Diciembre 2002
Fecha de publicación06 Diciembre 2002
SecciónDecretos
Número de Gaceta30042

TRANSPORTE FERROVIARIO TRANSPORTE FERROVIARIO

Decreto 2502/2002

Desígnanse Directores de la Empresa Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, en representación del Estado Nacional.

Bs. As., 5/12/2002

VISTO la participación accionaria del ESTADO NACIONAL en la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 23.696, se declaró sujeta a privatización parcial a FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación), estableciéndose como una de las alternativas, la figura de la concesión para la explotación de los servicios públicos o de interés público a que estuvieren afectados los activos, empresas o establecimientos que se privatizaran.

Que mediante el Decreto N° 994 de fecha 18 de junio de 1992 se dispuso aprobar todo lo actuado por el ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS con motivo de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión Integral de Explotación del Sector de la Red Ferroviaria Nacional integrado principalmente por la línea General Mitre con exclusión de sus tramos urbanos RETIRO-TIGRE, RETIRO-BARTOLOME MITRE, RETIRO-ZARATE y VICTORIA- CAPILLA DEL SEÑOR.

Que asimismo por dicha norma legal, también se aprobó, con sus correspondientes Anexos, el Contrato de Concesión suscripto el día 12 de mayo de 1992 entre el ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en carácter de Concedente y la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA (en formación) en carácter de Concesionaria, en el cual también intervinieron FERROCARRILES ARGENTINOS (en liquidación), FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANONIMA, así como las empresas ACEITERA GENERAL DEHEZA SOCIEDAD ANONIMA y ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS COOPERATIVA LIMITADA, BANCO FRANCES DEL RIO DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA y la empresa ROMAN MARITIMA SOCIEDAD ANONIMA, todos ellos como el adjudicatario.

Que mediante el Decreto N° 821 de fecha 14 de mayo de 2002 se aclaró que el cese de funciones dispuesto por el Artículo 3° del Decreto N° 25 del 1° de enero de 2002, alcanza a los funcionarios de las intervenciones y liquidaciones de Empresas y Sociedades del Estado, que abarca las Sociedades Anónimas con participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el ESTADO NACIONAL tenga participación mayoritaria o minoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, entre las cuales se encuentra la empresa...

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