Decreto 1192/2002

Fecha de disposición08 Julio 2002
Fecha de publicación08 Julio 2002
SecciónDecretos
Número de Gaceta29936

INSTITUTO NACIONAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

Decreto 1192/2002

Reformúlase el órgano de conducción del mencionado Instituto. Modificación del artículo 4º del Decreto Nº 420/96.

Bs. As., 5/7/2002

VISTO el Expediente Nº 2723/02 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, el Decreto Nº 420 del 15 de abril de 1996, sus similares modificatorios Nros. 723 del 3 de julio de 1996 y 721 del 25 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el decreto indicado en primer término se creó el INSTITUTO NACIONAL DE ACCION COOPERATIVA Y MUTUAL, habiéndose sustituido su denominación, en el artículo 1º del Decreto Nº 721 del 25 de agosto de 2000, por la de INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL.

Que la conducción y administración del citado Organismo está a cargo de un Directorio integrado por UN (1) Presidente, DOS (2) Vocales en representación del PODER EJECUTIVO NACIONAL, UN (1) Vocal en representación de las Asociaciones Mutuales y UN (1) Vocal en representación de las Cooperativas.

Que la actualidad presenta un cada vez más importante e ineludible campo de acción para las entidades de la economía solidaria, lo cual demanda un esfuerzo mayor por atender debidamente su problemática social y económica, requiriendo con la mayor urgencia toda la asistencia que pueda brindarse desde el Estado.

Que la importancia aludida se hace más evidente en situaciones de crisis y para el futuro desarrollo del país.

Que la cuarta comisión de la "90ª reunión de la Organización Internacional del Trabajo", promueve la más amplia participación de las entidades cooperativas en el diseño y planificación de las políticas del sector.

Que en este entendimiento y en orden a la tradicional especialización del movimiento cooperativo que determina claramente un área de acción agraria y otra urbana, y atendiendo también a la dispersión en todo el territorio nacional de las mutualidades, que atienden a las más diversas necesidades de nuestra población, es que se hace necesario reformular el órgano de conducción del mencionado Instituto otorgando una más franca representación al movimiento solidario; el cual, además, contribuye a su sostenimiento, conforme a las disposiciones de las Leyes Nº 20.321 y su modificatoria Nº 23.566; Nº 23.427 y su modificatoria Nº 25.239.

Que es un pedido unánime de los movimientos sociales involucrados en el sector de la economía...

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