Decreto 1148/2002

Fecha de disposición03 Julio 2002
Fecha de publicación03 Julio 2002
SecciónDecretos
Número de Gaceta29933

INSTITUTO NACIONAL DE INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Decreto 1148/2002

Desígnanse Presidente y Vicepresidente del citado organismo descentralizado del ámbito de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería.

Bs. As., 2/7/2002

VISTO el artículo 91 del Texto Ordenado de la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad Nº 24.481, aprobado por el Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996, sustituido por el artículo 1º del Decreto Nº 1115 de fecha 31 de agosto de 2001, por el cual se determinó la constitución y administración del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 821 de fecha 14 de mayo de 2002 aclaró que el cese de funciones dispuesto por el artículo 3º del Decreto Nº 25 del 1º de enero de 2002 alcanzaba a los Secretarios, Subsecretarios y a las máximas autoridades y síndicos de los Organismos Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, Fondos Fiduciarios y Entes Reguladores, con los alcances establecidos en ese cuerpo legal y a los representantes y síndicos del Estado Nacional en las empresas privatizadas.

Que con respecto de la conducción superior del INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL cabe estarse a la aclaración de los alcances del dispositivo legal contenido en el artículo 3º del Decreto Nº 25/02, efectuada a través del Decreto Nº 821/02.

Que, en consecuencia, corresponde designar Presidente y Vicepresidente del citado Organismo.

Que el Contador D. Mario Roberto ARAMBURU y el Licenciado D. José Luis DIAZ PEREZ reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para llevar a cabo las funciones asignadas al citado Instituto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002.

Que el presente se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 7, de la Constitución Nacional y de...

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