Decreto 736/2002

Fecha de disposición06 Junio 2002
Fecha de publicación06 Junio 2002
SecciónDecretos
Número de Gaceta29915

REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS Y CONSULARES Ir al texto actualizado

REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS Y CONSULARES

Decreto 736/2002

Bs. As., 3/5/2002

VISTO la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario y lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO; y

CONSIDERANDO:

Que la situación de emergencia económica y financiera por la que atraviesa la REPUBLICA ARGENTINA, obliga a ese Ministerio a instrumentar las medidas necesarias y adecuadas para enfrentar la difícil situación de excepción de nuestro país.

Que el cuadro de situación antes descripto hizo necesario declarar, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 76 de la CONSTITUCION NACIONAL y a través de la norma legal citada en el Visto, la Emergencia Pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria.

Que las razones que motivan la emergencia económica hacen indispensable contener el gasto público para lo cual, en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO es necesario reestructurar las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPUBLICA ARGENTINA, en el marco del programa de austeridad dispuesto por las autoridades nacionales.

Que esta medida se adopta sin perjuicio de mantener los tradicionales y amistosos vínculos con aquellos países en los cuales se deba proceder a cerrar Representaciones Diplomáticas y Consulares y que tales cierres deben operar sin desmedro de los servicios consulares que presta el Gobierno Argentino, a cuyo efecto se establecerán las respectivas concurrencias y se definirán las nuevas circunscripciones consulares.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1°, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Dispónese el cierre de las Embajadas de la REPUBLICA ARGENTINA que se indican en el Anexo I del presente Decreto.

Art. 2º

Dispónese el cierre de los Consulados Generales de la REPUBLICA ARGENTINA que se indican en el Anexo II del presente Decreto.

Art. 3º

Dispónese el cierre de los Consulados Generales de la REPUBLICA ARGENTINA que se indican en el Anexo III del presente...

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