Decreto 762/2000

Fecha de disposición06 Septiembre 2000
Fecha de publicación06 Septiembre 2000
SecciónDecretos
Número de Gaceta29477

DESARROLLO REGIONAL Y DESARROLLO REGIONAL Y GENERACION DE EMPLEO

Decreto 762/2000

Modifícase el artículo 48 del Decreto Nº 924/97, referido a la integración del Comité Ejecutivo del Fideicomiso de Asistencia.

Bs. As., 30/8/2000

VISTO el Expediente Nº 001-001011/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, lo dispuesto en la Ley de Ministerios Nº 25.233, el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, el Decreto Nº 924 del 11 de setiembre de 1997, el Decreto Nº 1059 del 10 de setiembre de 1998 y la Decisión Administrativa Nº 2 del 18 de enero de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada Ley de Ministerios se ha subdividido el ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en los MINISTERIOS DE ECONOMIA y de INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que por el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999 se ha aprobado el nuevo organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION NACIONAL CENTRALIZADA hasta el nivel de Subsecretaría.

Que por la Decisión Administrativa Nº 2 del 18 de enero de 2000 se transfirió el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL al ámbito del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que, asimismo, por el citado Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de 1999, se han modificado los objetivos y disminuido el rango funcional de la ex-SECRETARIA DE COORDINACION del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, asignándose las competencias relacionadas con las disposiciones del Decreto Nº 924 del 11 de setiembre de 1997 a la SECRETARIA DE FINANZAS, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que en virtud de ello resulta necesario sustituir el artículo 48 del Decreto Nº 924 del 11 de setiembre de 1997, modificado por el artículo 1º del Decreto Nº 1059 del 10 de setiembre de 1998.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Sustitúyese el artículo 48 del Decreto Nº 924 del 11...

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