Decreto 562/2000

Fecha de disposición14 Julio 2000
Fecha de publicación14 Julio 2000
SecciónDecretos
Número de Gaceta29440

infoleg MINISTERIO DE EDUCACION

Decreto 562/2000

Modificación del Estatuto de la Fundación Argentina en la Ciudad Internacional Universitaria de París, República Francesa, con relación a sus autoridades y la remuneración mensual que percibe el Director.

Bs. As., 7/7/2000

VISTO el expediente Nº 1625/00 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION, y lo propuesto acerca de la necesidad de efectuar modificaciones en el Estatuto de la FUNDACION ARGENTINA EN LA CIUDAD INTERNACIONAL UNIVERSITARIA DE PARIS (REPUBLICA FRANCESA) con relación a sus autoridades y por otra parte establecer la remuneración mensual que percibe el Director de dicha FUNDACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Estatuto de la FUNDACION ARGENTINA EN LA CIUDAD INTERNACIONAL UNIVERSITARIA DE PARIS, REPUBLICA FRANCESA, fue aprobado por la Resolución Nº 63 del 27 de enero de 1981 del ex MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, ratificada por el Decreto Nº 1155 del 8 de noviembre de 1982.

Que el artículo 7º del Capítulo III del mencionado Estatuto determina que la FUNDACION ARGENTINA estará a cargo de UN (1) Director y de UN (1) Subdirector.

Que resulta necesario establecer el nivel remunerativo del Director de la mencionada FUNDACION ARGENTINA teniendo en cuenta el carácter y la representatividad de las funciones cumplidas en el exterior por dicho funcionario y en el marco de la política salarial del Estado Argentino.

Que se deben arbitrar las medidas administrativas que aseguren la conducción dinámica de la FUNDACION ARGENTINA para garantizar el cumplimiento de los fines establecidos para la misma.

Que la experiencia recogida a través de los años hace aconsejable la unificación de los cargos de Director y Subdirector previstos en el Estatuto vigente.

Que la política de restricción del gasto público que lleva a cabo el Gobierno Nacional hace necesario tomar medidas tendientes al logro de ese objetivo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Sustitúyese el artículo 7º del Capítulo III del Estatuto de la FUNDACION ARGENTINA EN LA CIUDAD INTERNACIONAL UNIVERSITARIA DE PARIS, REPUBLICA FRANCESA, aprobado por la Resolución Nº 63 del 27 de enero de 1981 del ex MINISTERIO DE CULTURA Y...

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