Decreto 270/2000

Fecha de disposición31 Marzo 2000
Fecha de publicación31 Marzo 2000
SecciónDecretos
Número de Gaceta29370

MINISTERIO DE RELACIONES MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 270/2000

Apruébase la estructura organizativa del citado Departamento de Estado.

Bs. As., 24/3/2000

VISTO la Ley Nº 25.233 y el Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada Ley se modificó el número, los nombres y competencias de las jurisdicciones ministeriales del Poder Ejecutivo Nacional.

Que por el Decreto de referencia se ha determinado, entre otros la estructura del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo que respecta a las denominadas unidades organizativas de conducción política.

Que mediante el mismo decreto se requirió que las distintas jurisdicciones ministeriales y de la PRESIDENCIA DE LA NACION remitan a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las estructuras de las unidades organizativas de primer nivel operativo, para su evaluación por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros y aprobación del Señor Presidente de la Nación.

Que en virtud de las mencionadas normas es necesario efectuar un reordenamiento de la estructura organizativa del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO que permita concretar las metas de política exterior en el marco de una mayor eficiencia, eficacia y calidad en el logro de los objetivos de política exterior propuestos para la citada cartera.

Que el MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha elevado en término la propuesta de estructura organizativa de su jurisdicción y cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 1º de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase la estructura organizativa del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidad Primaria y Acciones, Planta Permanente del Personal del Servicio Exterior de la Nación, Planta Permanente del Personal Escalafón 993/91 y Distribución de Planta Permanente, que como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig, Ih, Ii, Ij, II y III forman parte del presente Decreto.

Art. 2º

Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas correspondientes a las segundas aperturas con nivel inferior a Dirección General o Nacional, se mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Art. 3º

Transfiérese al ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la COMISION CASCOS BLANCOS, con las atribuciones y cargos previstos en los artículos 3º y 4º del Decreto 1131/94, como así también la dotación, créditos presupuestarios y bienes patrimoniales de la que fuera la ex-SECRETARIA DE ASISTENCIA INTERNACIONAL HUMANITARIA "CASCOS BLANCOS".

Art. 4º

El presidente de la Comisión Cascos Blancos tendrá jerarquía de Subsecretario y rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario. La retribución mensual de los Vicepresidentes y Vocales será equivalente a la remuneración total que corresponda percibir por el desempeño del cargo con Función ejecutiva Nivel I, de conformidad con la normativa vigente.

Art. 5º

Una de las Vicepresidencias deberá ser ocupada por un miembro del Servicio Exterior de la Nación.

Art. 6º

Derógase mediante el presente Decreto todas las normas anteriores relacionadas con la COMISION CASCOS BLANCOS con excepción de las que se mencionan en el artículo 3º.

Art. 7º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos previstos para el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 8º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - DE LA RUA. - Rodolfo H. Terragno. - Adalberto Rodríguez Giavarini. - José L. Machinea.

ANEXO II

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

AREA MINISTRO

DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Organizar todos los Actos Protocolares, tanto en el orden nacional, como en el provincial, cuando participen Funcionarios de otros Estados y Huéspedes Oficiales; Representaciones Diplomáticas, Consulares y Organismos Internacionales; Misiones Especiales y Delegaciones Oficiales Extranjeras; como así también las visitas y viajes del señor Presidente de la Nación al exterior.

Actuar como órgano de Enlace, en las relaciones con el Cuerpo Diplomático y Consular Extranjero, así como con los Representantes de Organizaciones Intergubernamentales y Misiones Especiales acreditados en la República.

ACCIONES

  1. Coordinar, asistir y asesorar en la organización de los Actos y Ceremonial antes mencionados en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional; en lo atinente a las Audiencias de Autoridades, Representantes Diplomáticos y Oficiales extranjeros, Delegaciones y Misiones Especiales con el señor Presidente de la Nación.

  2. Organizar los viajes del señor Presidente de la Nación al exterior, coordinando a estos fines la colaboración de los Organismos de Seguridad, Administración Nacional de Aduanas, Dirección Nacional de Migraciones y toda otra Repartición, Dependencia o Entidad, tanto de carácter público como privado, que las circunstancias requieran.

  3. Preparar y confeccionar las Cartas Autógrafas y Plenipotenciarias del señor Presidente de la Nación, así como las Cartas Credenciales y de Retiro de los Representantes Diplomáticos argentinos y extender las Patentes Consulares Nacionales.

  4. Tramitar las concesiones de "PIacet" y de "Exequatur", así como la Acreditación y el Reconocimiento de Representantes Diplomáticos y Consulares, Agregados de las Fuerzas Armadas y demás miembros de las Representaciones Diplomáticas y Consulares extranjeras, Representaciones de Organismos Internacionales y Misiones Especiales.

  5. Elaborar, interpretar y aplicar, como único órgano competente en la materia, la Reglamentación del Régimen de Franquicias, Privilegios e Inmunidades correspondientes a los miembros de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares extranjeras y argentinas, de Funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones Especiales acreditados en la República, así como tramitar todas las cuestiones relativas al mismo.

  6. Otorgar las correspondientes visaciones a los miembros de las Representaciones Diplomáticas y Consulares extranjeras, así como a los Funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones Especiales que deben ejercer funciones en la República, expidiendo los Carnet y Tarjetas de Identidad de los mismos; asimismo, otorgar, renovar y prorrogar los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales de Funcionarios argentinos que cumplan misiones oficiales en el exterior.

    DIRECCION GENERAL DE CONSEJERIA LEGAL

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Asesorar al Ministro y a los Secretarios, Subsecretarios y Directores Generales del Ministerio, en los asuntos en que sean de aplicación los principios y las normas del derecho internacional público y privado.

    ACCIONES

  7. Dirigir estudios e investigaciones con respecto a cuestiones internacionales de carácter jurídico-político, e intervenir en la preparación de la documentación necesaria para la negociación, celebración, modificación u otros actos jurídicos relativos a los instrumentos internacionales solicitados por otras áreas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto con respecto a cuestiones internacionales de carácter jurídico-político.

  8. Participar en la definición de las instrucciones relativas a negociaciones a efectuarse en asambleas, conferencias, congresos o reuniones internacionales sobre temas o materias de carácter jurídico.

  9. Tramitar, registrar y archivar los instrumentos internacionales de los que la República sea parte, o Estado negociador o firmante, y otros instrumentos de interés para la República y efectuar la publicación oficial de los instrumentos internacionales suscriptos por la República y el material cartográfico correspondiente.

  10. Elaborar las políticas y estrategias relativas a las cuestiones jurídicas internacionales y participar en la preparación de los digestos argentinos de derecho y política internacionales.

  11. Asesorar sobre distintos temas relativos a las declaraciones con efectos jurídicos internacionales.

  12. Concurrir a las asambleas, conferencias, congresos y reuniones internacionales referidas a temas o materias vinculadas al derecho internacional y preparar los plenos poderes para la firma de instrumentos internacionales y las credenciales para los representantes del Gobierno Argentino ante reuniones internacionales.

    INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Formar y capacitar en los aspectos profesional, técnico y práctico a los aspirantes a ingresar al Servicio Exterior de la Nación.

    ACCIONES

  13. Actuar en la selección e incorporación de los aspirantes al Servicio Exterior de la Nación.

  14. Capacitar en los aspectos teórico y práctico a los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.

  15. Dictar y supervisar los cursos de capacitación para la promoción de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.

  16. Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto las condiciones para el ingreso al Servicio Exterior de la Nación, de acuerdo con las normas pertinentes.

  17. Tramitar y proponer becas y cursos de capacitación ofrecidos por el Gobierno Nacional, por Gobiernos Extranjeros, por organismos internacionales y por instituciones o entidades nacionales o extranjeras, públicas o privadas, para la formación y capacitación profesional de los funcionarios del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la...

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