Decreto 1550/1999
Fecha de disposición | 17 Diciembre 1999 |
Fecha de publicación | 17 Diciembre 1999 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 29295 |
CONTRATOS DE PRESTAMO CONTRATOS DE PRESTAMO
Decreto 1550/99
Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la Nación Argentina, destinado al Programa de Reforma del Sector Agua Potable y Saneamiento.
Bs. As., 7/12/99
VISTO el Expediente Nº 6012/99 del Registro del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO organismo dependiente de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, mediante el cual se gestiona la aprobación del modelo de Contrato de Préstamo Nº 4484-AR propuesto para ser suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), hasta el monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (US$ 30.000.000), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el préstamo precitado el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO concurre al financiamiento del PROGRAMA DE REFORMA DEL SECTOR AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO, continuando con el proceso de reformas estructurales a nivel subnacional, concentrándose en la transformación de empresas medianas, con el fin de reducir las transferencias fiscales a entes prestadores ineficientes.
Que el Programa mencionado reviste prioritaria importancia debido a que tiene como objeto mejorar la calidad de vida de la población mediante el incremento de los niveles de eficiencia en la prestación de los servicios de saneamiento básico, asegurando su autosustentabilidad en el largo plazo y apoyando la creciente participación de la iniciativa privada en la prestación de los mismos.
Que a efectos de asegurar la autosustentabilidad en el largo plazo, el programa prevé financiar proyectos de asistencia técnica para capacitación del personal y fortalecimiento de los entes reguladores, asesoramiento en la renegociación de contratos de concesión y colaboración en la solución de diferendos que se susciten entre las partes involucradas en la prestación de los servicios.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Contrato de Préstamo propuesto para su suscripción y que se adjuntan como Anexo I del presente, son los usuales en esta clase de convenios y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el Préstamo.
Que la formalización de esta operación requiere que la NACION ARGENTINA, por medio del MINISTERIO DE...
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