Decreto 38/1999
Fecha de disposición | 16 Diciembre 1999 |
Fecha de publicación | 16 Diciembre 1999 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 29294 |
VETO VETO
Obsérvase en su totalidad del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.201.
Bs. As., 14/12/99
VISTO el Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 25.201 sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 10 de noviembre de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido Proyecto de Ley se transfiere a título gratuito a la FUNDACION ARGENTINA DE LUCHA CONTRA EL MAL DE CHAGAS “TENIENTE 1° MEDICO DOCTOR SALVADOR MAZZA”, un inmueble propiedad del Estado Nacional, ubicado en la calle Pedro Echagüe Nros. 1265/79 de la Capital Federal.
Que dicha transferencia, se realiza con el cargo de destinar el inmueble para el establecimiento de la sede de la entidad a fin de que ella desarrolle sus actividades vinculadas con la prestación de servicios educativos, médicos y asistenciales en beneficio de la comunidad y relacionados con la enfermedad del mal de Chagas - Mazza.
Que la FUNDACION ARGENTINA DE LUCHA CONTRA EL MAL DE CHAGAS “TENIENTE 1° MEDICO DOCTOR SALVADOR MAZZA”, ha tomado posesión del inmueble desde el mes de mayo de 1995, conforme surge del acta suscripta entre la DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO y la citada Fundación.
Que mediante la Resolución Nº 888 de fecha 23 de junio de 1995 emanada del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se ha otorgado el permiso de uso precario y gratuito del inmueble a la citada Fundación.
Que la Fundación ha pedido su concurso preventivo con fecha 3 de septiembre de 1999, el cual se halla en trámite ante el Juzgado Comercial Nº 11 a cargo del Doctor Miguel Federico BARGALLO, Secretaría Nº 21 de la Capital Federal.
Que de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.522 el concurso preventivo produce determinados efectos en el patrimonio del deudor, razón por la cual no resulta conveniente efectuar la transferencia a título gratuito del inmueble en cuestión a la Fundación concursada.
Que asimismo, ha sido corroborado mediante el informe de inspección Nº 23/99 realizado por la DIRECCION TECNICA Y DE REGISTRO de la DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO, que la Fundación se ha limitado a derivar pacientes a...
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