Decreto 1253/1999

Fecha de disposición04 Noviembre 1999
Fecha de publicación04 Noviembre 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29265

CONTRATOS DE PRESTAMO CONTRATOS DE PRESTAMO

Decreto 1253/99

Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1201/OC-AR, con destino al Programa de Modernización Tecnológica II, que tiene por objeto aumentar la eficiencia y competitividad de las empresas argentinas, principalmente las pequeñas y medianas productoras de bienes y servicios, a suscribirse con el Banco Interamericano de Desarrollo.

Bs. As., 1/11/99

VISTO el expediente Nº 6101/99 del registro del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION, el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1201/OC-AR, propuesto para ser suscrito entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CUARENTA MILLONES (U$S 140.000.000), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido modelo de Contrato, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del PROGRAMA DE MODERNIZACION TECNOLOGICA II, el que tiene por objeto aumentar la eficiencia y competitividad de las empresas argentinas, principalmente las pequeñas y medianas productoras de bienes y servicios y que será ejecutado por intermedio de la SECRETARIA DE CIENCIA Y TECNOLOGIA del MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION.

Que la formalización de esta operación requiere que la NACION ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS suscriba el Contrato de Préstamo Nº 1201/OC-AR así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscrito, son las usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan apropiadas a los propósitos y objetivos a los que está destinado este préstamo.

Que la ejecución del PROGRAMA DE MODERNIZACION TECNOLOGICA II requerirá la adquisición de bienes, la contratación de expertos y/o institutos de investigación, nacionales o extranjeros, circunstancia que está contenida en forma expresa en las cláusulas del modelo de Contrato de Préstamo a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO.

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para aprobar las operaciones...

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