Decreto 1215/1999

Fecha de disposición26 Octubre 1999
Fecha de publicación26 Octubre 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29258

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Decreto 1215/99

Asígnase al citado organismo, la administración del Fondo Solidario de Redistribución y establécese un órgano de dirección colegiado y representativo para asegurar una mayor equidad y participación en la distribución de los recursos, garantizando la solidaridad que constituye la base fundacional del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Bs. As., 22/10/99

VISTO el Decreto Nº 53 del 15 de enero de 1998, el Decreto Nº 1615 del 23 de diciembre de 1996 y el Decreto Nº 292 del 14 de agosto de 1995 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del decreto Nº 1615/96 dispuso la fusión de la DIRECCION NACIONAL DE OBRAS SOCIALES, el INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES y la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD, y la unificación de sus competencias en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que, por otra parte, el artículo 3º del Decreto Nº 292 del 14 de agosto de 1995, modificado por el artículo 3º del Decreto Nº 492 del 22 de septiembre de 1995, estableció el actual criterio de automaticidad para la distribución del Fondo Solidario de Redistribución según lo establecido por el artículo 24, inciso b), punto 2 de la Ley Nº 23.661 y sus modificatorias.

Que por el Decreto Nº 53/98 fue creada la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, para administrar los recursos afectados al apoyo financiero de los agentes del seguro de salud de acuerdo a la Ley Nº 23.661 y sus modificatorias.

Que conforme los criterios de economía, legalidad y eficiencia administrativa resulta conveniente mantener la separación de las funciones de administración de fondos públicos de las destinadas a su control. Por ello, resulta necesario asignar a la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES la administración del Fondo Solidario de Redistribución.

Que lo expuesto es sin perjuicio de las competencias de fiscalización, control y regulación que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD ejerce sobre el Sistema Nacional del Seguro de Salud establecido por la Ley Nº 23.661 y sus modificatorias.

Que corresponde que la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES posea un órgano de dirección colegiado y representativo para asegurar una mayor equidad y participación en la distribución de los recursos correspondientes al Fondo Solidario de Redistribución, garantizando la solidaridad que constituye la base fundacional del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que resulta imperiosa la adopción de la medida de que se trata, por configurar una circunstancia excepcional...

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