Decreto 880/1999

Fecha de disposición17 Agosto 1999
Fecha de publicación17 Agosto 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29209

REGIMEN DE MEJORA FINANCIERA REGIMEN DE MEJORA FINANCIERA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AGROPECUARIO ARGENTINO

Decreto 880/99

Institúyese el citado Régimen consistente en una bonificación de la tasa de interés cobrada a clientes agropecuarios, por créditos otorgados para la atención de los gastos de la presente campaña agrícola. Autoridad de Aplicación.

Bs. As., 12/8/99

VISTO el Expediente Nº 800-006324/99 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIóN del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la crisis que enfrenta actualmente la economía mundial y especialmente la región del Mercosur ha impactado directamente en la REPUBLICA ARGENTINA, afectando al sector exportador.

Que dicha crisis está generada fundamentalmente en la caída de los precios internacionales de los productos agrícolas que representan una de las mayores fuentes de ingresos de divisas de nuestro país.

Que esta caída de precios repercutió directamente en los ingresos de las empresas agropecuarias, generando situaciones que, de no ser corregidas de forma inmediata, acarrearán problemas productivos futuros y un gran daño social en el interior del país.

Que se hace necesario garantizar la continuidad de las tareas productivas especialmente con vistas a la próxima siembra de cultivos de cosecha gruesa, algodón, arroz y poroto.

Que la filosofía del Gobierno Nacional es que todo estímulo, apoyo o aporte debe ser limitado en el tiempo, debiendo por sí mismo generar las condiciones necesarias y suficientes para que los procesos inducidos puedan autosostenerse.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º

Institúyese el Régimen de Mejora Financiera de la Competitividad del Sector Agropecuario Argentino.

Art. 2º

El presente Régimen consiste en una bonificación de la tasa de interés, a cargo del Estado Nacional, de TRES (3) puntos porcentuales de la tasa efectiva anual cobrada a clientes agropecuarios por créditos otorgados por las entidades bancarias para la atención de los gastos de la presente campaña agrícola.

Art. 3º

La...

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