Decreto 299/1999

Fecha de disposición27 Abril 1999
Fecha de publicación27 Abril 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29134

Decreto 299/99 del 5/4/99 MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 299/99

Apruébase la presentación de la oferta efectuada por la Cooperativa de Trabajo "COO.TRA.FRI.YA. Limitada" para la compra de los derechos de suscripción preferente de acciones del Frigorífico Yaguané Sociedad Anónima, Comercial, Industrial, Financiera y Agropecuaria.

Bs. As., 5/4/99

VISTO el Expediente Nº 080003509/97 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 686 del 11 de junio de 1998, se dispuso que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS llevará a cabo todas las acciones necesarias para la capitalización de los créditos que un conjunto de entes del ESTADO NACIONAL mantienen respecto del FRIGORIFICO YAGUANE SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA Y AGROPECUARIA.

Que dicha capitalización está sujeta a una serie de condiciones establecidas por el mencionado decreto.

Que de resultar exitoso el proceso de capitalización de los créditos estatales, los entes titulares de las acreencias procederán a la venta simultánea de los derechos de suscripción preferente sobre las acciones del FRIGORIFICO YAGUANE SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA Y AGROPECUARIA que les correspondan como consecuencia de dicha capitalización.

Que, a los efectos de la venta de los respectivos derechos de suscripción preferente de acciones del FRIGORIFICO YAGUANE SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA Y AGROPECUARIA el Decreto Nº 686/98 habilitó a la Cooperativa de Trabajo "COO.TRA.FRI.YA. LIMITADA" a formular una oferta para la compra de dichas acciones.

Que la Cooperativa de Trabajo mencionada ha formalizado su oferta para la compra de los derechos de suscripción preferentes que corresponderán a los organismos del ESTADO NACIONAL de resultar exitoso el procedimiento de capitalización de deudas establecido por el Decreto Nº 686/98.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 9º, in fine, del mencionado dispositivo, corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL considerar la aprobación de la oferta presentada.

Que, asimismo, dicho Decreto dispuso que la oferta en cuestión debe hacerse pública, pudiendo cualquier interesado mejorarla dentro del plazo de SESENTA (60) días y que la Cooperativa de Trabajo "COO.TRA.FRI.YA. LIMITADA" tendrá un plazo de TREINTA (30) días para mejorar cualquier...

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