Decreto 1542/1998

Fecha de disposición04 Febrero 1999
Fecha de publicación04 Febrero 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29078

Decreto 1542/98 del 29/12/98 PROYECTOS NO INDUSTRIALES

Decreto 1542/98

Decláranse comprendidos en el régimen establecido en el último párrafo del artículo 51 de la Ley N° 24.938 y del Decreto N° 1074/98 a proyectos presentados por la Provincia de La Pampa.

Bs. As., 29/12/98

B.O: 4/2/99

VISTO el Expediente N° 193-000573/98 y su agregado sin acumular N° 193-000576/98 ambos del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS; la Ley N° 22.021 y sus modificatorias; el artículo 51-último párrafo-de la Ley N° 24.938; el Decreto N° 3.319, del 21 de diciembre de 1979; el Decreto N° 1.032, del 4 de septiembre de 1998 y el Decreto N° 1.074, del 14 de septiembre de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 51-último párrafo-de la Ley N° 24.938 se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a aprobar proyectos de promoción no industrial hasta el 31 de diciembre de 1998 en regiones de distintas provincias del país con alto índice de pobreza, menor desarrollo relativo y mayor distancia de los centros importantes de consumo, con excepción de las Provincias de LA RIOJA, CATAMARCA, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTIAGO DEL ESTERO, FORMOSA, SALTA, JUJUY, TUCUMAN, CHACO, MISIONES, los Departamentos de Lavalle, Santa Rosa, Malargüe, Alvear, San Rafael y La Paz, de la Provincia de MENDOZA, y los Departamentos de Río Seco, Sobremonte, Tulumba, Totoral, Ischilin, Cruz del Eje, Minas, Pocho, San Alberto y San Javier, de la Provincia de CORDOBA.

Que la citada norma legal fija, a tales efectos, como cupo límite PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000).

Que el Decreto N° 1.032, del 4 de septiembre de 1998, dispuso que el PODER EJECUTIVO NACIONAL destinara de dicho cupo límite la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000) a la aprobación de proyectos no industriales en la Provincia de LA PAMPA.

Que por Decreto N° 1.074, del 14 de septiembre de 1998, se complementó el marco normativo establecido en el artículo 51-último párrafo-de la Ley N° 24.938, disponiendo la aplicación del Decreto N° 494, del 30 de mayo de 1997 y de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 325, del 13 de marzo de 1998, a los fines del procedimiento de presentación y evaluación de los proyectos que soliciten encuadrarse en dicho régimen de promoción no industrial.

Que la Provincia de LA PAMPA ha elevado a consideración del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en su carácter de autoridad de aplicación de las disposiciones del artículo 51-último párrafo-de la Ley N° 24.938, diversos proyectos, priorizando los presentados por las empresas FORESTAL PAMPEANA SOCIEDAD ANONIMA y ALTO VALLE DEL RIO COLORADO SOCIEDAD ANONIMA.

Que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha...

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