Decreto 1576/1998

Fecha de disposición02 Febrero 1999
Fecha de publicación02 Febrero 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29076

Decreto 1576/98 del 30/12/98 Ir al texto actualizado.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Decreto 1576/98

Apruébase la estructura organizativa de la citada entidad autárquica en jurisdicción del Ministerio de Salud y Acción Social.

Bs. As., 30/12/98

VISTO las Leyes 23.660, 23.661, sus decretos reglamentarios, y los Decretos Nros. 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y 405 de fecha 13 de abril de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 1615/96 se fusionó en la jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD creada por la Ley 23.661, el INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES creado por Ley 18.610 y la DIRECCION NACIONAL DE OBRAS SOCIALES creada por la Ley 23.660, constituyendo la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que el artículo 2° del señalado Decreto N° 1615/96 establece que la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD funcionará como organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL con personalidad jurídica, y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera, en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 405/98 se aprueba la estructura orgánico-funcional de transición de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que atento al avance del Plan Estratégico resulta necesario elevar al PODER EJECUTIVO NACIONAL, para su aprobación la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la estructura que se aprueba por el presente, se ajusta a las normas establecidas por el Decreto N° 1545/94.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Unidad de Reforma y Modernización del Estado ha tomado intervención, expidiéndose en forma favorable.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD entidad autárquica en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL-, cuyo Organigrama, responsabilidad primaria, objetivos acciones y cargos forman parte integrante del presente Decreto como ANEXOS I, II y III.

Art. 2°

Modifícase la Decisión Administrativa N° 6/98 Distributiva del Presupuesto del año 1998 de acuerdo a la planilla que como Anexo IV integra el presente decreto.

Art. 3°

Facilítase al señor SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD a designar a los funcionarios que tendrán a su cargo las unidades de conducción superior que se aprueban por el presente.

Art. 4°

Facúltase al SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD, a designar transitoriamente por el término de NOVENTA (90) días al personal necesario para cubrir los cargos vacantes de la estructura que se aprueba por el presente decreto, hasta tanto se sustancien los concursos respectivos por los sistemas GENERAL y/o ABIERTO para su cobertura definitiva.

Art. 5°

Dáse por prorrogado el término de CIENTO VEINTE (120) días el plazo establecido en el artículo 3° del Decreto N° 405/98.

Art. 6°

El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado a la partida presupuestaria de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Art. 7°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.- Alberto J. Mazza.

ANEXO I

ORGANIGRAMA

ANEXO II

MISION Y OBJETIVOS

Misión del organismo

La Superintendencia de Servicios de Salud es el ente de regulación y control de los actores del sector, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación, recuperación de la salud de la población y la efectiva realización del derecho a gozar las prestaciones de salud establecidas en la legislación.

Objetivos del organismo

  1. Dictar las normas para regular y reglamentar las modalidades del desenvolvimiento de las actividades de regulación y control de Organismo.

  2. Regular y supervisar los Servicios de Salud, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas del área; para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población, afianzando el equilibrio entre usuarios, prestadores y financiadores; en condiciones de libre competencia, transparencia, eficiencia económica y equidad social.

  3. Controlar el funcionamiento del Sistema de Obras Sociales, de los Agentes del Seguro de Salud, de los prestadores intervinientes y de toda otra entidad prestadora o financiadora de prestaciones médico-asistenciales que se le incluyan.

  4. Aprobar las solicitudes de propuestas de ingreso al sistema de las entidades y promover la intervención de las mismas para asegurar la continuidad y normalización de las prestaciones de salud.

  5. Aprobar el Programa de Prestaciones Médicas y el Presupuesto de Gastos y Recursos para su ejecución.

  6. Asegurar y controlar la libertad de elección de obras sociales de los beneficiarios del sistema, así como garantizar su acceso efectivo.

  7. Realizar una vez al año, la Rendición de lo actuado por el Organismo en Audiencia Pública.

  8. Efectuar el contralor del cumplimiento de las obligaciones éticas correspondientes al Organismo y todos sus dependientes y desarrollar mecanismos de control y procesos contra fraude y corrupción.

  9. Verificar la eficiencia y eficacia en la ejecución del Plan Estratégico de la Superintendencia de Servicios de Salud y los planes operativos anuales, y desarrollar las medidas correctivas para optimizar los resultados esperados.

  10. Negociar los convenios colectivos de trabajo.

    Consejo Asesor Ley 23.661-Art. 14

    Objetivos

    Contribuir al Planeamiento Estratégico del Organismo y asesorar en todas las cuestiones que le sean sometidas a consideración por el Superintendente y que hagan a la mejor regulación y control del sistema.

    Constituir un canal idóneo de vinculación con los actores del sistema.

  11. Gerencia General

    Responsabilidad Primaria

    Asistir al Superintendente en la conducción y ejecución de la gestión del organismo, coordinando y evaluando las acciones a cargo de las distintas Gerencias y Subgerencias hacia la consecución de los objetivos y metas establecidos, con celeridad, economía, eficiencia y eficacia.

    Acciones

  12. Orientar y articular la gestión del organismo conforme a los lineamientos políticos y estratégicos aprobados por el Superintendente, mediante la interacción directa con las Gerencias y Subgerencias.

  13. Propiciar y guiar la planificación estratégica del organismo, incluyendo la elaboración, revisión y/o actualización de su plan, la formulación de presupuestos plurianuales y todo otro aspecto de significación estratégica, para su aprobación por el Superintendente.

  14. Diseñar el sistema de seguimiento de los resultados de la gestión de las Gerencias y ejecutar el monitoreo.

  15. Convocar, reunir periódica y regularmente a los responsables de las distintas áreas y funcionarios que en cada caso se designen en virtud de los temas a ser tratados.

  16. Dirigir la coordinación y control de las liquidaciones administrativas de los Agentes del Seguro que se encuentren en proceso de liquidación.

  17. Disponer los requerimientos de información a ser producida por las distintas áreas para su posterior integración y producción de conocimiento por la Gerencia Estratégica.

  18. Participar en la negociación de los convenios colectivos de trabajo de los que el Organismo es parte.

  19. Supervisar el funcionamiento de las Delegaciones en el interior de la Superintendencia de Servicios de Salud.

  20. Unidad de Auditoría Interna

    Responsabilidad Primaria

    Desarrollar las funciones que la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y los Sistemas de Control del Sector Público Nacional prescribe, consistentes en la ejecución de exámenes posteriores y evaluaciones de las actividades de la Superintendencia de Servicios de Salud y de la Administración de Programas Especiales, utilizando el enfoque de control integral e integrado, de manera de asegurar el cumplimiento de la eficacia, eficiencia y economía.

    Examinar, investigar y evaluar las actividades de toda la organización, identificar irregularidades o errores y desarrollar recomendaciones de mejora y efectuar su seguimiento.

    Acciones

  21. Elaborar el Plan General de la auditoría interna a desarrollarse en la Superintendencia de Servicios de Salud y en la Administración de Programas Especiales.

  22. Elevar el Plan Anual de auditoría interna.

  23. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por el Superintendente y el Gerente General de la Administración de Programas Especiales.

  24. Realizar planes de auditoria que comprendan todas las arcas de la organización, coordinar su ejecución y verificar su cumplimiento.

  25. Producir informes de auditoría y, en su caso, formular las recomendaciones y observaciones que correspondan.

  26. Informar sobre los temas que el Superintendente, la Administración de Programas Especiales y la...

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