Decreto 1412/1998

Fecha de disposición14 Diciembre 1998
Fecha de publicación14 Diciembre 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta29042

Decreto 1412/98 del 7/12/98 EDUCACION SUPERIOR

Decreto 1412/98

Autorízase provisoriamente la creación y funcionamiento del Instituto Universitario de la Fundación Isalud, con sede central en la Capital Federal.

Bs. As., 7/12/98

B.O.: 14/12/98

VISTO el expediente N° 8.340-0/96 en CINCO (5) cuerpos del registro MINISRERIO DE CULTURA Y EDUCACION, la ley de Educación Superior N° 24.521 y el Decreto reglamentario N° 576 del 30 de mayo de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado la FUNDACION INSTITUTO DE LA SALUD, MEDIO AMBIENTE, ECONOMIA Y SOCIEDAD (FUNDACION ISALUD) con sede central en la calle Viamonte N° 1167, pisos 2° y 3°, CAPITAL FEDERAL, solicita autorización provisoria para crear y poner en funcionamiento el INSTITUTO UNIVERSITARIO de la FUNDACION ISALUD, en los términos del artículo 62 de la Ley N° 24.521.

Que la propuesta referida, que acredita el respaldo económico y patrocinio de la entidad peticionante, se adecua a lo determinado en el artículo 27 de la ley citada, cumple con los criterios determinados por el artículo 63 de dicha norma y se ajusta a las pautas y requisitos exigidos por los artículos 3° y 4° del Decreto N° 576/96.

Que la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA en su dictamen previsto por los artículos 62 y 63 de la Ley N° 24.521 y en el artículo 6° del Decreto N° 576/96, recomienda otorgar la autorización provisoria para el funcionamiento del INSTITUTO UNIVERSITARIO de la FUNDACION ISALUD, destacando no sólo la consistencia y viabilidad del proyecto, sino también la calidad y actualización de la oferta de carreras de posgrado y de los planes de enseñanza e investigación propuestos.

Que desde el enfoque institucional, la Fundación peticionante acredita una trayectoria cultural y educativa corta pero intensa en el campo de la gestión de la salud, avalada por la experiencia en el desarrollo de funciones netamente académicas que abarcan entre otras, la formación y capacitación de científicos, profesionales, docentes y técnicos en el campo referido.

Que sobre la base de los antecedentes expuestos y en virtud de haberse cumplido los requisitos establecidos por el Decreto N° 576/96, el MINISTERIO DE CULTURAY EDUCACION aconseja conceder la autorización provisoria para la creación y el funcionamiento del Instituto mencionado, encuadrado en el régimen de la Ley N° 24.521.

Que la autorización debe ser otorgada con expresa indicación de las carreras, grados y títulos a ofrecer y...

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