Decreto 1393/1998

Fecha de disposición04 Diciembre 1998
Fecha de publicación04 Diciembre 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta29037

Decreto 1393/98 del 27/11/98 TELECOMUNICACIONES

Decreto 1393/98

Declárase de interés Nacional la instalación y puesta en funcionamiento de un Servicio Nacional de Emergencia 109.

Bs. As ., 27/11/98

B.O: 4/12/98

VISTO lo dispuesto por las Leyes N° 24.059 de Telecomunicaciones y de Seguridad interior, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que es un fenómeno sociológico generalizado en las grandes ciudades de todo el mundo, y en especial en países de un sostenido desarrollo industrial, que los índices de criminalidad e inseguridad tienden a incrementarse.

Que para lograr el objetivo de mayor seguridad existen sistemas de comunicaciones efectivos que permiten generar en tiempo real una rápida y eficiente interfaz entre las fuerzas del orden y la comunidad que los requiera.

Que en los países de alto grado de desarrollo, existe una red nacional de emergencias tecnificada que permite a todos los habitantes comunicarse con un centro en que se reconoce el lugar desde donde se efectúa la llamada, a efectos de socorrerlos ante cualquier emergencia, y derivarlos a servicios médicos, de policía o bomberos, según corresponda. Así, en los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, existe el denominado "911".

Que el alto grado de digitalización de la Red Telefónica Pública Nacional, así como la gran cantidad de teléfonos públicos, domiciliarios y móviles disponibles, permiten, con una inversión razonable en infraestructura, dotar a la REPUBLICA ARGENTINA de un sistema de emergencias nacionales.

Que a tales fines es pertinente que el MINISTERIO DEL INTERIOR y la SECRETARIA DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en sus respectivos carácteres de autoridades de aplicación de las Leyes N° 19.798 y N° 24.059, trabajen mancomunadamente en el establecimiento de un sistema de telecomunicaciones de alcance nacional que conforme el Servicio Nacional de Emergencia 109.

Que también en igual sentido empresas privadas han presentado ante el MINISTERIO DEL INTERIOR, proyectos en el marco de lo establecido por los Decretos N° 1105/89 y N° 635/97 para desarrollar el sistema.

Que por la especial característica de los servicios a prestar y el interés público que reviste, corresponde establecer condiciones especiales a los potenciales prestadores en los cuales el Estado delegue la realización de los mismos, como la calidad económico-financiera, que constituye una muestra de la posibilidad concreta de desarrollar adecuadamente el proyecto y un arraigo no inferior a DIEZ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR