Decreto 1392/1998

Fecha de disposición04 Diciembre 1998
Fecha de publicación04 Diciembre 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta29037

Decreto 1392/98 del 27/11/98 Ir al texto actualizado

DESARROLLO REGIONAL Y GENERACION DE EMPLEO

Decreto 1392/98

Establécese que, serán sujetos adquirentes de las acciones del Programa de Propiedad Participada a que se refiere el Artículo 18, inciso b) de la Ley N° 24.855, todos aquellos agentes que se encontraban incorporados a la planta permanente del ex-Banco Hipotecario Nacional a la fecha de entrada en vigencia del Decreto N° 924/97, y que manifiesten su voluntad de adherir al citado Programa.

Bs.As., 27/11/98

B.O: 4/12/98

VISTO el Expediente Nº 040-001570/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, lo dispuesto en las Leyes Nº 23.696 y Nº 24.855 y los Decretos Nros. 584 del 1º de abril de 1993, 677 del 22 de julio de 1997 y 924 del 11 de septiembre de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 21 de la Ley Nº 23.696 dispone que el capital accionario de las empresas, sociedades, establecimientos o haciendas productivas declaradas "sujeta a privatización", podrá ser adquirido en todo o en parte a través de un "Programa de Propiedad Participada" según el procedimiento que se establece en dicho cuerpo legal.

Que mediante la Ley Nº 24.855 el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL fue declarado sujeto a privatización por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 16 de la Ley Nº 24.855, el PODER EJECUTIVO NACIONAL procedió a transformar al BANCO HIPOTECARIO NACIONAL en BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA, a través del dictado del Decreto Nº 924 del 11 de septiembre de 1997.

Que en el inciso b) del Artículo 18 de la Ley Nº 24.855 se establece que entre las clases de acciones que representan el capital social del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA se hallan las acciones clase B, correspondientes al Programa de Propiedad Participada a implementar, en las condiciones que determine la reglamentación.

Que el Artículo 31 del Decreto Nº 924 del 11 de septiembre de 1997 dispone que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA será el titular de las acciones clase B en carácter de fiduciario del Programa de Propiedad Participada, conforme al Artículo 18 inciso b) de la Ley Nº 24.855 y al contrato de fideicomiso que se suscribirá oportunamente.

Que el Artículo 6º del Estatuto del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD...

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