Decreto 1289/1998

Fecha de disposición10 Noviembre 1998
Fecha de publicación10 Noviembre 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta29019

Decreto 1289/98 del 4/11/98 FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL

Decreto 1289/98

Modificase el Decreto N° 286/95, ampliando el objeto para el cual fue creado el mencionado Fondo, posibilitando el financiamiento de programas de reforma de los estados provinciales.

Bs. As., 4/11/98

B.O.: 10/11/98

VISTO el artículo 3° de la Ley N° 24.623, el Decreto N° 286 del 27 de febrero de 1995, el Decreto N° 445 del 28 de marzo de 1995, el Decreto N° 114 del 9 de febrero de 1996, el Decreto N° 104 del 3 de febrero de 1997, el Contrato de Fideicomiso celebrado el 6 de marzo de 1995 entre el BANCO DE LA NACION ARGENTINA como Fiduciario y el ESTADO NACIONAL como Fiduciante, con arreglo a lo previsto en el Decreto citado en primer lugar y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 286 del 27 de febrero de 1995 se constituyó el FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL con el objeto de asistir a los bancos de Provincia sujetos a privatización y fomentar la privatización de otras empresas provinciales, suscribiéndose a tales efectos un contrato de fideicomiso entre el ESTADO NACIONAL como fiduciante y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA como fiduciario, para canalizar y aplicar los bienes fideicomitidos por dicho contrato a los objetos definidos por el Decreto citado precedentemente, y de acuerdo a las modificaciones introducidas por su similar N° 445/95.

Que el programa de privatización de bancos y empresas provinciales se ha cumplido satisfactoriamente en su mayor parte, restando por completar los procesos de privatización de sólo algunas entidades financieras de Provincias.

Que se encuentran en curso de ejecución distintas reformas de los estados provinciales, iniciadas con la finalidad de sanear sus finanzas públicas y mejorar las áreas propias de la gestión en dichas jurisdicciones, tales como sectores de la economía real, educación, justicia, salud y seguridad.

Que dados los resultados satisfactorios de la gestión del FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO PROVINCIAL y la conveniencia de llevar adelante las reformas aún pendientes en el ambito provincial, resulta razonable ampliar el objeto para el cual fue creado el mencionado Fondo, en los términos en que se lo hace en el presente Decreto, posibilitando el financiamiento de programas de reforma de los estados provinciales.

Que el artículo 3° de la Ley N° 24.623 autorizó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a ampliar el objeto del FONDO...

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