Decreto 1246/2010

EmisorMinisterio de Economia y Finanzas Publicas
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2010

Jueves 9 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'ºâ€‚ 31.983 6

TURA de Ia PRESIDENCIA DE LA NACION, de fecha 9 de junio de 2010, que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2

'º — La vigencia de los incrementos retributivos acordados en el Acta Acuerdo homologada por el presente, será a partir del 1'º de junio de 2010 y del 1'º de agosto de 2010, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes y de conformidad con lo determinado en el punto SEXTO del Acta Acuerdo suscripta por Ia Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para Ia Administración Pública Nacional de fecha 31 de mayo de 2010 homologada por el Decreto N'º799 de fecha 8 de junio de 2010.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — AnÃbal D.

Fernández. — Carlos A. Tomada.

ANEXO En la Ciudad de Buenos Aires, a los 9 dÃas de junio de 2010, siendo las 14.50hs. en Ia SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, ante el Dr. José ElÃas Miguel VERA, en su carácter de Presidente de la Comisión Negociadora para la Administración Pública Nacional Sectorial del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), acompañado por el Lic. Eduardo BERMUDEZ, la Dra. Paulina JAUREGUIBERRY y la Lic. Cecilia TORTORA, comparecen en representación de Ia JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sr. Subsecretario de Evaluación del Presupuesto Nacional Lic. Norberto PEROTTI, en representación de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO, su titular, el Lic. Lucas NEJAMKIS, y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el titular de Ia SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO;

el Lic. Raúl RIGO, en representación del INCAA el Sr. Gustavo MORATO y en calidad de asesores del Estado Empleador el Lic. Sergio VAZQUEZ, el Lic. Carlos SANTAMARIA; el Dr.

Jorge CARUSO, el Arq. Eduardo SAMPAYO, el Lic. Gabriel ENRIQUEZ, el Lic. Eduardo SALAS, y la Dra. Amalia DUARTE de BORTMAN, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por parte gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, los Sres.

Carlos CAPURRO, Hugo SPAIRANI, Rodrigo DE ECHANDIA, y Federico DE MAHIEU y la Sra.Verónica SANCHEZ GELOS y por la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE) los Sres.

Nicolás VETROMILE, Octavio MORELLI y Heriberto QUELLE.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, en el marco del proceso de Negociación Colectiva Sectorial del INCAA y con el objeto de aplicar el acuerdo salarial establecido por medio del Acta de fecha 31 de mayo de 2010 homologado por Decreto N'º799/2010 y en orden a la vigencia dispuesta por dicha Acta, se convino el detalle de incremento en las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal comprendido en el Convenio Colectivo Sectorial homologado por el Decreto N'º 1032/09, en un 10% a partir del 1/6/2010, y en un 10% a partir del 1/8/2010.

Como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo que antecede se fija el valor de cada UNIDAD RETRIBUTIVA, oportunamente establecida en el artÃculo 47 del citado Convenio Colectivo Sectorial, en Ia suma de PESOS NUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($9,54) a partir del 1'º de junio de 2010 y en la suma de PESOS DIEZ CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($10,49) a partir del 1'º de agosto de 2010.

Cedida la palabra a: La Unión Personal Civil de la Nación manifiesta la aceptación al detalle de incremento en las retribuciones en el sector.

Cedida Ia palabra a: La Asociación Trabajadores del Estado expresa su rechazo y solicita a Ia Autoridad de Aplicación manifestarse mediante Acta Complementaria.

El funcionario actuante accede a lo solicitado por la entidad gremial Asociación Trabajadores del Estado.

En este estado Ia Autoridad de aplicación hace saber a las partes que de acuerdo lo manifestado precedentemente por la representación sindical y conforme lo dispuesto por el art. 4'º de la Ley 24.185 y su decreto reglamentario N'º447/93 asà como Ia Resolución MTSS N'º42/98, se tiene por aprobada.

No siendo para más se da par finalizado el acto siendo las 15.10hs, firmando los presentes ante mà que certifico.

ESTADO REPRESENTACIONES EMPLEADOR GREMIALES DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Decreto 1257/2010

Dase por prorrogada una designación en la Delegación Comodoro Rivadavia.

Bs. As., 6/9/2010

VISTO el Expediente N'ºS02:0005088/2009 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR y el Decreto N'º2152 del 15 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N'º491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que mediante el Decreto N'º2152/08 se ha designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, al Doctor Julio Héctor BONZANI (DNI N'º13.170.331) Nivel C - Grado 3, con carácter de excepción a lo establecido por el TÃtulo III, CapÃtulos I y II del Anexo I del Decreto N'º993/91 (t.o. 1995), en el cargo de Delegado de la DELEGACION COMODORO RIVADAVIA dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que asimismo a través del Decreto N'º2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo del 5 de septiembre de 2008.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido, por lo que resulta...

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