Decreto 1062/1998

Fecha de disposición22 Septiembre 1998
Fecha de publicación22 Septiembre 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta28985

dto1062-98 RADIODIFUSION

Decreto 1062

Introdúcense modificaciones a la Ley N° 22.285, suprimiendo ciertas exigencias a que estaban obligados los licenciatarios y permitiendo mayor agilidad en la transferencia y cesión de participaciones y derechos sobre las estaciones de radiodifusión.

Bs. As., 10/9/98

B.O: 22/9/98

VISTO la Ley N° 22.285 modificada por sus similares Nros. 23.696, 24.377 y 24.800, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional de Radiodifusión N° 22.285 fue promulgada el 15 de septiembre de 1980, durante el último gobierno de facto.

Que el retorno a la democracia imponía una revisión de los contenidos de dicha ley, a fin de adecuar sus previsiones a la realidad institucional vigente en la República Argentina.

Que transcurridos dieciocho años desde la entrada en vigencia del cuerpo normativo señalado, se han producido profundas transformaciones en el ámbito de la radiodifusión que el legislador en su oportunidad no pudo considerar, tanto en la tecnología empleada para prestar dicho servicio, como así también dentro del mercado de las empresas prestadoras de servicios de radiodifusión.

Que la globalización en las relaciones internacionales y la progresiva apertura de los países al mundo, hacen necesario reconocer la importancia de un intercambio cultural fluido con otras comunidades, respetando sus lenguas de origen, aunque priorizando la difusión del idioma castellano.

Que diversas limitaciones en los contenidos de la programación impuestos durante el período de facto, resultan hoy día notoriamente restrictivos y contrarios a nuestra Constitución Nacional, y deben ser eliminados a fin de convalidar una política de amplia, libre y plena difusión e intercambio de las ideas.

Que a este respecto, la comunidad ha aceptado en forma espontánea, las emisiones de juegos y concursos, la difusión de mediciones de audiencia y los sistemas de venta de productos por los medios electrónicos, los cuales responden a pautas culturales aprobadas por nuestra población.

Que en igual sentido, corresponde suprimir ciertas exigencias meramente formales a que estaban obligados los licenciatarios, reforzando y acentuando, en cambio aquellas obligaciones que hacen a la prestación de los servicios con eficiencia, sujetos a una competencia amplia entre diversas fuentes de información.

Que en esta orientación, se ha eliminado la...

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