Decreto 820/1998

Fecha de disposición17 Julio 1998
Fecha de publicación17 Julio 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta28939

Decreto 820/98 del 13/07/98 HIDROCARBUROS

Decreto 820/98

Instrúyese a la Secretaría de Energía a dictar la reglamentación técnica para la aplicación del Artículo 58 de la Ley Nº 17.319, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la citada Ley.

Bs. As., 13/7/98

B.O.: 17/07/98

VISTO el Expediente N° 750-002516/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el cual tramita el régimen de determinación de la superficie sobre la cual debe liquidarse y abonarse el canon de explotación previsto en el Artículo 58 de la Ley Nº 17.319, y

CONSIDERANDO:

Que la dilucidación de la referida cuestión, cuyos antecedentes obran glosados en los presentes actuados, requiere ser considerada no solo a la luz de lo dispuesto en la Ley Nº 17.319 y sus decretos reglamentarios, sino también bajo la óptica de la Ley N° 23.696, en el carácter de régimen especial que permitió la expansión de la industria petrolera nacional.

Que uno de los pilares fundamentales de la Reforma del Estado fue la desregulación de la industria de los hidrocarburos, mediante la reconversión y transferencia de derechos de la empresa estatal ex-YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SOCIEDAD DEL ESTADO a la actividad privada.

Que la ejecución de esta política hizo necesario compatibilizar la normativa a la Ley N° 17.319 con las facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por la Ley N° 23.696, que autorizó apartamientos no sustanciales de aquella normativa.

Que de ello resulta que la cuestión del canon de explotación aparece centrada con relación a las superficies de las áreas de las concesiones de explotación otorgadas al amparo de lo dispuesto en el Decreto N° 1055 de fecha 10 de octubre de 1989, en el Decreto N° 1212 de fecha 8 de noviembre de 1989, en el Decreto N° 1589 de fecha 27 de diciembre de 1989, y en el Decreto N° 2411 del 12 de noviembre de 1991, y de la Ley N° 24.145.

Que el objetivo de incentivar la inversión de riesgo, de ampliar el número de participantes en la industria y obtener una cantidad de hidrocarburos de libre disponibilidad que permitiera desregular los precios y actividades industriales del sector, llevaba implícito el respeto de los derechos adquiridos por los contratistas de la ex-YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SOCIEDAD DEL ESTADO, lo cual constituyó fundamento suficiente para conformar las áreas de las concesiones sobre superficies mayores a las previstas por la Ley N° 17.319.

Que esta...

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