Decreto 770/1998

Fecha de disposición13 Julio 1998
Fecha de publicación13 Julio 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta28935

Decreto 770/98 del 03/07/98 EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 770/98

Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a productos originarios de los países participantes en la "21a. Feria de las Naciones" a realizarse en la Ciudad de Buenos Aires durante los meses de octubre y noviembre de 1998.

Bs. As., 3/7/98

B.O.: 13/07/98

VISTO el Expediente Nº 061-010300/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la COOPERADORA DE ACCION SOCIAL -COAS-, solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los productos de la pequeña y mediana industria, alimentos bebidas, tabacos y cigarrillos, artesanías, folletos, afiches y otras formas de propaganda originarios de los países participantes en la "21a FERIA DE LAS NACIONES", a realizarse en el Predio Ferial de Palermo de la ciudad de Buenos Aires (REPUBLICA ARGENTINA), durante los meses de octubre y noviembre de 1998.

Que la realización de esta muestra tendrá como finalidad recaudar fondos para ayudar a mejorar los servicios de Hospitales que pertenecen a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que la "21a. FERIA DE LAS NACIONES" es la principal fuente de ingresos con que cuenta la COOPERADORA DE ACCION SOCIAL -COAS-, para alcanzar dicha meta, tanto en los Hospitales como en los demás centros asistenciales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por lo que se considera adecuado autorizar la importación de productos por un valor FOB de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MIL (u$s 40.000), con carácter de excepción por país participante.

Que dicha autorización se otorga atento el fin estrictamente benéfico que persigue la interesada, cuya acción habrá de redundar en beneficio de la comunidad.

Que las Embajadas acreditadas ante nuestro país, a las cuales se consignarán los productos a exhibir, auspiciarán y prestarán la máxima colaboración para la realización de la aludida Feria, exhibiendo productos de cada país participante, los cuales serán vendidos entre el público concurrente, en lo stands que cada Representación Diplomática dispondrá en la citada manifestación ferial.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º...

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