Decreto 1496/1997

Fecha de disposición03 Febrero 1998
Fecha de publicación03 Febrero 1998
SecciónDecretos
Número de Gaceta28828

Decreto 1496/97 del 30/12/97 PROYECTOS NO INDUSTRIALES Decreto 1496/97 Decláranse comprendidos en el régimen del último párrafo del artículo 36 de la Ley Nº 24764 y del Decreto Nº 494/97, a proyectos presentados por las autoridades de las Provincias de Chaco, Corrientes, Santa Cruz y Tucumán. Bs. As., 30/12/97 B.O.: 03/02/98 VISTO el Expediente Nº 080-004327/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS; la Ley Nº 22.021 y sus modificatorias; el artículo 36 -último párrafo- de la Ley Nº 24.764; los Decretos Nº 3.319, del 21 de diciembre de 1979; Nº 1.232, del 30 de octubre de 1996 -con sus respectivas modificaciones-; Nº 494, del 30 de mayo de 1997; Nº 591, del 30 de junio de 1997; y CONSIDERANDO: Que por el artículo 36 -último párrafo- de la Ley Nº 24.764 se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a aprobar, hasta el 31 de diciembre de 1997, proyectos no industriales a radicarse en distintas Provincias del país, con alto índice de pobreza, menor desarrollo relativo y mayor distancia de los centros importantes de consumo, con excepción de las Provincias de CATAMARCA, LA RIOJA y SAN JUAN, fijándose a tales efectos un cupo límite de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000). Que por Decreto Nº 494, del 30 de mayo de 1997, se complementó el marco normativo establecido por el artículo 36 -último párrafo- de la Ley Nº 24.764, disponiendo el procedimiento de presentación y evaluación de los proyectos que soliciten encuadrarse en dicho marco legal. Que por el Decreto Nº 591, del 30 de junio de 1997, se prorrogó hasta el 31 de agosto de 1997 la fecha límite de presentación de los citados proyectos. Que las autoridades de las Provincias del CHACO, CORRIENTES, SANTA CRUZ y TUCUMAN han elevado a consideración del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en su carácter de autoridad de aplicación de las disposiciones del artículo 36 -último párrafo- de la Ley Nº 24.764, diversos proyectos. Que las autoridades de la PROVINCIA DEL CHACO han priorizado los proyectos presentados por las empresas "UNITAN SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA" (inversión ganadera en rodeo de cría, por la que adquieren vientres, terneros y vaquillonas para reposición), "LAS PALMAS DEL BERMEJO SOCIEDAD ANONIMA" (cultivo de VEINTINCINCO (25) hectáreas de naranja de la variedad ROBERTSON y de CUARENTA (40) hectáreas de pomelo de la variedad DUNCAN, con tecnología que incluye riego por goteo) y "PALM CITRUS SOCIEDAD ANONIMA" (cultivo de VEINTICINCO (25) hectáreas de naranja de la variedad ROBERTSON y de CUARENTA (40) hectáreas de pomelo de la variedad DUNCAN, con tecnología que incluye riego por goteo). Que las autoridades de la PROVINCIA DE CORRIENTES han priorizado los proyectos presentados por las firmas "FORESTAL MARIA VICTORIA SOCIEDAD ANONIMA" (implantación y explotación de OCHOCIENTAS (800) hectáreas de eucaliptus grandis), "SOAGRO SOCIEDAD ANONIMA" (implantación y explotación de TRESCIENTAS CINCUENTA (350) hectáreas de eucaliptus grandis), "ESTANCIA LA SUSANA SOCIEDAD ANONIMA (cría vacuna con pastoreo rotativo) y "ESTABLECIMIENTO LAS MARIAS SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA Y AGROPECUARIA" (reconversión de CIENTO CUARENTA (140) hectáreas de plantaciones de te de baja productividad). Que en igual sentido las autoridades de la PROVINCIA DE SANTA CRUZ han priorizado los proyectos de las empresas "ESTANCIA PUNTA LOYOLA SOCIEDAD ANONIMA" (ampliación del área útil para ganadería reemplazando zonas de matorrales por pasturas de secano), "PAVERINI, DONNINI Y PINTO SOCIEDAD DE HECHO" (plantación de cerezos para...

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